En el ámbito laboral, la promoción de la salud se ha convertido en un aspecto crucial para garantizar el bienestar de los trabajadores. Con el objetivo de regular esta importante área, se ha establecido el Acuerdo Ministerial No. MDT-049-2022, que introduce el Reglamento de Promoción de la Salud en el Trabajo. Esta normativa se aplica tanto a los centros de trabajo del sector público como del sector privado, siempre y cuando cuenten con una población laboral de veinticinco (25) personas o más.
Les recordamos las fechas establecidas para cumplir con las directrices emitidas en el Acuerdo Ministerial. Pues, la Autoridad Sanitaria Nacional supervisará y verificará que los establecimientos de salud cumplan con los requisitos necesarios:
Actividad | Fecha límite |
---|---|
Contar con el Plan de Promoción de la Salud en el Trabajo. | 14 de mayo de 2023 |
Implementar el Plan de Promoción de la Salud en el Trabajo y obtener el certificado "Actívate y vive. | 14 de noviembre de 2023 |
La Autoridad Sanitaria Nacional a través de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) o quien haga sus veces, verificará que los establecimientos de salud de los centros de trabajo públicos y privados cuenten con el certificado "Actívate y vive”. | 14 de diciembrede 2023 |
La implementación del Reglamento de Promoción de la Salud en el Trabajo busca garantizar un entorno laboral saludable y seguro para los trabajadores. Los centros de trabajo públicos y privados tienen la responsabilidad de cumplir con los plazos establecidos para la implementación del Plan de Promoción de la Salud en el Trabajo y obtener el certificado "Actívate y vive". Esta normativa representa un importante avance en la protección de la salud y el bienestar de los trabajadores en nuestro país.
Ante cualquier consulta, no dude en contactarse con nuestros abogados en el área:
Dra. Catalina Vásconez (Jefa Jurídica de los Departamentos Corporativo y Laboral): cvasconez@lmzabogados.com
Ab. Cristina Guarderas (Jefa del Departamento Laboral): cguarderas@lmzabogados.com
Base Legal: Acuerdo Ministerial No. MDT-049-2022.
Las disposiciones transitorias son las siguientes:
PRIMERA: Los centros de trabajo públicos y privados deberán contar con el Plan de Promoción de la Salud en el Trabajo en un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la publicación del presente Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.
SEGUNDA: Los centros de trabajo públicos y privados deberán implementar el Plan de Promoción de la Salud en el Trabajo y obtener el certificado "Actívate y vive" en un plazo de hasta doce (12) meses, contados a partir de la publicación del presente Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.
TERCERA: En un plazo de trece (13) meses, contados a partir de la publicación del presente Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial, la Autoridad Sanitaria Nacional, a través de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) o su equivalente, verificará que los establecimientos de salud de los centros de trabajo públicos y privados cuenten con el certificado "Actívate y vive".
Comments