top of page
Foto del escritorMeythaler & Zambrano Abogados

Política antisoborno dentro del sistema de gestión antisoborno del SENAE

Por: Ab. Gabriel Pinto

Departamento Tributario

 

Estimados Amigos y Clientes:


Mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0054-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha dispuesto: “Expedir la política antisoborno dentro del sistema de gestión antisoborno del SENAE”, de los cuales resaltamos los siguientes aspectos:

  • Para cumplir con la política de antisoborno se ha dispuesto contar con los recursos y mecanismos necesarios para la implementación de un Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) alineado con los requisitos de la norma internacional ISO 37001:2016.


  • Obligaciones de los servidores:

  1. Informar o reportar cualquier hecho o conducta que sea susceptible o sospechosa de vulnerar esta política o los requisitos del SGAS

  2. Mantener la implementación de gestión antisoborno, la misma que consiste en la identificación de riesgos, y sus acciones y controles para prevenir, detectar y disminuir o mitigar los posibles casos de soborno

  3. Fomentar la realización de actividades con alto nivel de ética y transparencia


  • Se designa a la Oficina de Fortalecimiento Institucional Ético y Lucha contra la corrupción (OFIELC) como responsables de la función de cumplimiento, dotada de capacidad, autonomía, e independencia. Entre sus actividades está:

  1. Impulsar y supervisar, de manera continua, la implementación y eficacia del SISTEMA DE GESTIÓN ANTISOBORNO

  2. Informar sobre el desempeño del SGAS al Órgano de Gobierno


  • Se pone a disposición un canal de denuncias y consultas de ética para que cualquier persona pueda denunciar cualquier tipo de hecho o conducta sospechosa


  • Queda estrictamente prohibido a las servidoras y los servidores públicos del Senae:

  1. Ofrecer o dar, directa o indirectamente, regalos, invitaciones, atenciones, muestras de hospitalidad indebidas o inapropiadas o el equivalente en dinero

  2. Aceptar directa o indirectamente regalos, invitaciones, atenciones, muestras de hospitalidad indebidas o inapropiadas o el equivalente en dinero

  3. Involucrarse en forma alguna a un acto o posible acto de soborno

  4. Realizar contribuciones o donaciones, directas o indirectas a partidos políticos


  • Objetivos antisoborno:

  1. Reforzar el compromiso Antisoborno en los funcionarios del SENAE.

  2. Mejorar los mecanismos de seguimiento

  3. Fortalecer la eficacia de los métodos para el planteamiento y gestión efectiva de las denuncias.

  4. Aumentar las campañas de sensibilización con las partes interesadas y socios de negocio de la institución.


Vigencia.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial (30 de octubre de 2020)

Comments


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page