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Foto del escritorCristina Guarderas B.

Plazo para el Plan de Igualdad Empresarial: 31 de Julio de 2025

Estimados amigos y clientes,

La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta y su Reglamento establecen la obligación para las empresas con 50 o más trabajadores de implementar y registrar un Plan de Igualdad. Este plan busca asegurar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el entorno laboral.


Extensión del Plazo

El plazo original para cumplir con esta medida era hasta el 20 de enero de 2024. Sin embargo, en función del Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-099, el Ministerio del Trabajo amplió el plazo hasta el 31 de julio de 2025.


Situaciones que Requieren Actualización del Plan

La obligación de implementar o actualizar el Plan de Igualdad se mantiene en los siguientes casos:

  • Cambio de razón social, fusión, escisión, transformación, disolución o liquidación voluntaria anticipada de la empresa.

  • Variación en el número de trabajadores, alcanzando el mínimo exigido.

  • Cuando haya sanciones por denuncias, resoluciones favorables o demandas judiciales por acoso laboral, sexual, discriminación o violencia contra la mujer.


A continuación, detallamos lo siguiente:

 

Implementación del Plan de Igualdad

El Ministerio de Trabajo emitió la “Guía Práctica para Diagnósticos y Elaboración de Planes de Igualdad” como anexo al Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013, estableciendo los parámetros mínimos que deben incluir estos planes. Además, proporcionó una matriz para completar con la información necesaria.


Diagnóstico Previo

Antes de elaborar el plan, es necesario realizar un diagnóstico estadístico sobre la situación de igualdad en la empresa. Basado en los resultados, se deben definir e implementar medidas concretas para fomentar la igualdad de género.


 

Contenido del Plan de Igualdad

El Plan de Igualdad debe incluir datos generales de la empresa y el informe del diagnóstico. Los principales parámetros y ejes son:


Compromiso con la Igualdad de Género

  • Formalizar un compromiso escrito para integrar la igualdad de oportunidades como principio básico.

  • Facilitar recursos para la elaboración del diagnóstico y del plan.


Datos Generales de la Empresa

  • La empresa deberá registrar la información general, como RUC, razón social, provincia, cantón, dirección, actividad económica, representante legal, número de trabajadores (desglosado por género), misión y visión.


Comité de Igualdad de Género

La empresa deberá crear un Comité de Igualdad, conformado por representantes de la empresa y los trabajadores, asegurando una representación paritaria de mujeres y hombres. Además, deberá definir el tipo de participación y organización del comité, incluyendo roles como presidente y secretario con facultades específicas para liderar y documentar las actividades del comité.


Ejes Estratégicos del Plan de Igualdad

  1. Selección y Contratación con Enfoque de Género: Procedimientos equitativos para fomentar la contratación sin discriminación.

  2. Formación y Capacitación: Formación paritaria en habilidades blandas y duras.

  3. Promoción Profesional: Igualdad de oportunidades para ascender a puestos superiores.

  4. Eliminación de Brecha Salarial: Políticas salariales que aseguren igualdad de remuneración.

  5. Comunicación Corporativa con Enfoque de Género: Promover comunicación sin contenidos sexistas.

  6. Conciliación de Vida Personal, Familiar y Laboral: Medidas para facilitar la conciliación de la vida personal y laboral.

  7. Prevención de Riesgos con Perspectiva de Género: Garantizar seguridad en el trabajo, especialmente para mujeres embarazadas y lactantes.

  8. Prevención de Discriminación, Acoso Laboral y Sexual: Crear un entorno libre de acoso y establecer protocolos para denuncias.

  9. Cultura Empresarial y Responsabilidad Social: Integrar la igualdad de género en la cultura organizacional y prácticas de responsabilidad social.

 

Registro del Plan de Igualdad

En cumplimiento del Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013, el Ministerio de Trabajo de Ecuador ha habilitado una nueva opción en el Sistema Único de Trabajo (SUT) para registrar electrónicamente los Planes de Igualdad.


A partir del 15 de julio de 2024, los empleadores podrán acceder al subsistema denominado "Planes de Igualdad" dentro de esta plataforma.


Así también, los empleadores podrán presentar los Planes de Igualdad de manera física ante la entidad correspondiente, adjuntando un CD con el contenido del plan.

 

Sanciones

A partir del 31 de julio de 2025, el Ministerio del Trabajo procederá con el proceso de control y sanción correspondiente en caso de evidenciar la omisión del cumplimiento del “Plan de Igualdad”.


El incumplimiento del registro del Plan de Igualdad, conforme el Art.628 del Código de Trabajo, acarreará una sanción económica de USD $200, que será impuesta por el Director Regional del Trabajo y Servicio Público.


 

Nuestro Compromiso

En Meythaler & Zambrano Abogados, bajo la dirección de Cristina Guarderas Bilbao, estamos dedicados a ayudar a las empresas ecuatorianas a cumplir con la Ley de Economía Violeta y los lineamientos del Ministerio de Trabajo para los Planes de Igualdad.


Nos comprometemos a proporcionar el apoyo necesario para que su empresa cumpla con estas normativas y fomente un ambiente laboral equitativo y libre de discriminación. Cristina Guarderas, con su amplia experiencia y certificación en Planes de Igualdad, lidera este esfuerzo para implementar medidas inclusivas y eficaces, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.


Contacte con nosotros para obtener más información y recibir asesoramiento personalizado en la implementación de su Plan de Igualdad.



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