top of page

Nueva Norma Técnica Forestal: Procedimientos para la Emisión de Títulos Habilitantes en Ecuador

  • Foto del escritor: Génesis Ojeda Bravo
    Génesis Ojeda Bravo
  • hace 2 días
  • 4 Min. de lectura

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGP) expidió la Norma Técnica para la Emisión de Títulos Habilitantes con el objetivo de regular los procedimientos técnicos y administrativos para el aprovechamiento, movilización, importación y exportación de productos y subproductos forestales provenientes de plantaciones forestales comerciales, sistemas agroforestales de producción, plantaciones de bambú y regeneración de balsa y bambú.


Fuente: Registro Oficial, Sexto Suplemento N.º 149 — 22 de octubre de 2025 - "Norma Técnica para la Emisión de Títulos Habilitantes para el Aprovechamiento, Movilización, Importación y Exportación de Productos y Subproductos Provenientes de Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales de Producción"


Objetivo y ámbito de aplicación

El Acuerdo Ministerial N.º 118 establece procedimientos estandarizados para la emisión de títulos habilitantes, garantizando trazabilidad, transparencia y legalidad en el manejo de productos forestales.


La norma es de alcance nacional y de cumplimiento obligatorio para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que intervengan en cualquier etapa de la cadena de valor forestal: producción, transporte, transformación, comercialización, importación o exportación de productos derivados de plantaciones y sistemas agroforestales.


Estructura institucional y competencias

La Subsecretaría de Producción Forestal es la autoridad competente para el seguimiento y verificación del cumplimiento. Las Direcciones Distritales del MAGP gestionan, de forma desconcentrada, la aprobación y emisión de los títulos habilitantes.


Atribuciones principales de los servidores designados:

  • Revisión documental y técnica de los requisitos presentados por los actores forestales.

  • Inspecciones de campo con base en un perfil de riesgo predefinido.

  • Elaboración de informes técnicos y emisión de observaciones.

  • Notificación y seguimiento hasta la emisión del título correspondiente.


Este modelo fortalece la eficiencia operativa de la Dirección de Desarrollo Productivo Forestal, optimiza recursos institucionales y refuerza la legalidad y transparencia de los procesos.


Tipología de autorizaciones y requisitos

La norma diferencia tres tipos de autorizaciones según la escala y naturaleza del aprovechamiento:

  1. Autorización de Aprovechamiento Forestal General: Aplicable a superficies iguales o mayores a 1 ha. Requiere: registro forestal, planimetría georreferenciada, certificado del Registro de la Propiedad, plan de manejo integral (si aplica) y registro volumétrico elaborado por profesional forestal.

  2. Autorización de Aprovechamiento Forestal Simplificado: Procede para árboles dispersos, líneas o manchas de bambú menores a 1 ha. Simplifica requisitos y permite presentar coordenadas geográficas precisas sin estudios extensos.

  3. Autorización de Aprovechamiento Forestal Especial: Para el aprovechamiento de hasta 25 árboles (urbanos o rurales) con fines domésticos o comerciales. Límite: una solicitud anual por actor forestal. Contempla asistencia técnica directa del MAGP.


Predios comunales: se exige acta de autorización de la Asamblea General y respaldo del cabildo comunal, garantizando la legitimidad del aprovechamiento colectivo.


4. Procedimiento administrativo y control

El procedimiento se estructura en tres fases:

  1. Revisión documental: verificación formal de requisitos.

  2. Verificación técnica: inspección de campo según el perfil de riesgo del solicitante.

  3. Autorización final: emisión de la licencia por la Dirección de Desarrollo Productivo Forestal.


El proceso debe concluirse en un plazo máximo de quince (15) días contados desde la presentación o subsanación de la solicitud.


La norma incorpora controles concurrentes y posteriores para verificar la información presentada, reducir el fraude documental y asegurar el cumplimiento de las condiciones técnicas del aprovechamiento.


Prohibiciones y limitaciones

No procede la emisión de autorizaciones cuando:

  • Las especies o árboles relictos se ubiquen fuera de zonas de producción agropecuaria.

  • El área de intervención intersecte con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, salvo previsión expresa en un Plan de Manejo Integral.

  • No se cumplan los requisitos técnicos o documentales establecidos.


Estas restricciones previenen la tala indebida, protegen la biodiversidad y alinean la actividad productiva con la conservación ambiental.


Relevancia práctica para el sector

La norma resulta estratégica para el sector forestal ecuatoriano porque:

  • Unifica criterios técnicos aplicables a todas las fases del aprovechamiento.

  • Facilita la trazabilidad y la certificación legal de origen, indispensables para la exportación.

  • Simplifica trámites de pequeños y medianos productores conforme a proporcionalidad y buena fe administrativa.

  • Impulsa el enfoque digital y la gestión por plataformas electrónicas, en línea con la política de Gobierno Electrónico y la Ley de Optimización de Trámites.


Su implementación mejorará la competitividad y sostenibilidad de la cadena forestal, atraerá inversión responsable y fortalecerá la gobernanza ambiental en el país.


¿Necesita asesoría sobre cómo aplicar esta norma a su proyecto forestal?


ree

Preguntas frecuentes

¿Qué es un título habilitante forestal en Ecuador?

Es un permiso otorgado por el MAGP que autoriza el aprovechamiento, movilización, importación o exportación de productos forestales de forma legal y trazable.

¿Quién puede solicitar una autorización forestal en Ecuador?

Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que intervenga en la producción, transformación, comercialización o exportación de productos forestales.

¿Cuáles son los tipos de autorización forestal en Ecuador?

Existen tres tipos:

  • General, para superficies iguales o mayores a 1 hectárea.

  • Simplificada, para árboles dispersos o bambú en áreas menores a 1 hectárea.

  • Especial, para el aprovechamiento de hasta 25 árboles con fines domésticos o comerciales, limitada a una solicitud anual por actor forestal.

¿Cuál es el plazo para obtener un título habilitante forestal?

El MAGP debe resolver en un máximo de 15 días contados desde la presentación o subsanación de la solicitud.

¿Qué áreas están excluidas de la autorización forestal?

Zonas fuera del uso agropecuario y áreas protegidas, salvo que exista previsión en un plan de manejo integral.


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

Oficinas

Teléfono

Email

Conecta con nosotros

  • LinkedIn
  • Facebook
  • Instagram
  • https://twitter.com/MZAbogadosEC
bottom of page