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Manual Técnico para la Inspección de Ensayos de Eficacia de Plaguicidas de Uso Agrícola

Se aprueba el "Manual Técnico para la Implementación y Autorización del Servicio de Inspección de Ensayos de Eficacia de Plaguicidas de Uso Agrícola", el cual establece los procedimientos y requisitos para la implementación y autorización de dicho servicio, con fines de registro, reevaluación, ampliación de uso y modificación de dosis de plaguicidas de uso agrícola.


Ámbito de Aplicación

El servicio se implementa y autoriza a nivel nacional y está dirigido a:

  • Personas naturales o jurídicas autorizadas por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario.

  • Personas naturales o jurídicas acreditadas ante el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE) como Organismos de Inspección con alcance en “Inspección de ensayos de eficacia de plaguicidas y productos afines”.


Obligaciones y Requisitos

Los Organismos de Inspección deben cumplir con lo siguiente:

  • Las obligaciones descritas en la Sección VI del Manual Técnico.

  • El procedimiento técnico para realizar la inspección, contenido en la Sección V del Manual.

  • Los requisitos para la autorización, establecidos en la Sección IV del Manual.

La Agencia podrá suspender o cancelar la autorización a los organismos que incumplan lo dispuesto, conforme a la Sección VIII del Manual.


Sanciones

El incumplimiento de esta resolución dará lugar a las sanciones previstas en la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria y su reglamento.


 Publicación y Actualizaciones

  • El Manual Técnico para la Implementación y Autorización del Servicio de Inspección de Ensayos de Eficacia de Plaguicidas de Uso Agrícola no será publicado en el Registro Oficial, sino en la página web oficial de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, conforme lo dispone la resolución.

  • Cualquier modificación al Manual Técnico requerirá la aprobación del Director Ejecutivo de la Agencia, y deberá registrarse con la fecha de modificación y la disposición que la autoriza. Las versiones actualizadas se publicarán en el sitio web institucional.


Disposición Derogatoria

Se deroga la Resolución 0201 de 31 de octubre de 2018, anteriormente vigente en esta materia.


Disposición Transitoria

Hasta que se actualice el tarifario oficial, el cobro por la autorización y evaluación de organismos de inspección se realizará bajo el ítem 130113 05.01.006.


Disposiciones Finales

  • La implementación estará a cargo de la Coordinación General de Registros de Insumos Agropecuarios y la Dirección General Administrativa Financiera de la Agencia.

  • La resolución entra en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación oficial.



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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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