Prohibición de Carbosulfán y Fentión en Ecuador: Reforma del Convenio de Rotterdam 2025
- Karina Loza
- 28 may
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 2 jun
¿Utiliza tu empresa productos con Carbosulfán o Fentión? Si estás en el sector agrícola o eres importador de insumos, esta noticia te interesa. Pues, se adoptaron 56 decisiones en la Conferencia de las Partes del Convenio de Rotterdam 2025 relacionadas con la gestión racional de productos químicos y sus desecho.
El presente artículo tiene como objetivo destacar los aspectos más relevantes de los resultados del Convenio de Rotterdam y difundirlos para su conocimiento y aplicación:
Reuniones de las Conferencias de las Partes en los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo en 2025

Del 28 de abril al 9 de mayo de 2025, se celebraron en Ginebra, Suiza, las reuniones consecutivas de:
La 17.ª Conferencia de las Partes del Convenio de Basilea (BC COP-17)
La 12.ª Conferencia de las Partes del Convenio de Rotterdam (RC COP-12)
La 12.ª Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo (SC COP-12)
El objetivo central fue reforzar la gestión racional de productos químicos y desechos, promoviendo el diálogo entre delegaciones y el compromiso político en esta materia.
Decisiones Adopadas
Las reuniones fomentaron un diálogo constructivo y compromiso político, en el que representantes y altos funcionarios intercambiaron experiencias nacionales y reafirmaron su compromiso de intensificar las medidas en materia de sustancias químicas y desechos.
Durante las sesiones, se adoptaron 56 decisiones relacionadas con la gestión racional de productos químicos y sus desechos:
20 decisiones en el marco del Convenio de Basilea
7 decisiones correspondientes al Convenio de Rotterdam
21 decisiones bajo el Convenio de Estocolmo
Participación de Ecuador
La delegación ecuatoriana estuvo integrada por representantes del:
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica:
Sra. Ana Cristina Tello Cepeda
Dr. Juan Carlos Lliquín
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:
Ab. Daniel Vargas Anda
Nuevas Sustancias Químicas Incluidas en los Anexos
Convenio de Rotterdam
En el marco del Convenio de Rotterdam, se incluyeron dos nuevos productos químicos en el Anexo III, al ser considerados como plaguicidas extremadamente peligrosos:
Carbosulfán y
Fentión.
Convenio de Estocolmo
En cuanto a la COP-12 del SC se modificó el Anexo A del Convenio para incluir 3 nuevas sustancias químicas:
Clorpirifos
Ácidos Perfluorocarboxílicos de cadena larga (LC-PFCA)
Parafinas Cloradas de cadena media (MCCP)
Impacto en el Marco Legal Ecuatoriano
Lo antedicho, tiene como resultado la prohibición de importación y comercialización de los plaguicidas Carbosulfán y Fentión en el país, en cumplimiento con el Mandato Constituyente Nro. 16.
Actualmente, en Ecuador existen 7 productos registrados ante la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) que contienen Carbosulfán como ingrediente activo.
¿Qué Significa esto para tu Empresa?
Si tu empresa importa, comercializa o utiliza estos productos, debes:
Evaluar tu portafolio de productos y verifica si contienen Carbosulfán o Fentión.
Preparar un plan de sustitución, en línea con la nueva regulación.
Adaptar tu cadena de suministro y verifica el cumplimiento de tus proveedores.
Próximos Pasos Regulatorios
Se estima que en el plazo aproximado de 1 año, Agrocalidad, en calidad de Autoridad competente para ejecutar lo determinado en el Convenio de Rotterdam y el Mandato Constituyente 16 en materia de PQUA’s, deberá emitir una resolución basada en el documento de orientación para la adopción de decisiones en el marco del Convenio de Rotterdam, respecto de la inclusión de Carbosulfan en el Anexo III y su prohibición de importación y comercialización.
🔎 Importante: A la fecha, la prohibición no está aún vigente, pero el proceso normativo para su implementación ha sido activado.
Consulta Pública de las Decisiones
Cuando las decisiones adoptadas en las reuniones de las Conferencias de las Partes sean publicadas, podrán consultarse en este enlace.
Asesoría Legal
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