SENAE ajusta el lÃmite para el ingreso de bebidas alcohólicas en equipaje de viajeros
- Ab. Gabriel Pinto
- 27 may
- 2 min de lectura
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador —SENAE—, mediante comunicado oficial de 3 de mayo de 2026, informó que, a partir del 4 de mayo de 2026, entrará en vigencia un ajuste al lÃmite permitido para el ingreso de bebidas alcohólicas dentro del equipaje de viajeros.
La medida modifica la cantidad de licor que puede ingresar al paÃs sin pago de tributos, dentro del régimen aplicable a los efectos personales de pasajeros.
Nuevo lÃmite permitido
Los pasajeros mayores de edad podrán ingresar hasta 3 litros de bebidas alcohólicas sin pago de tributos, en lugar de los 5 litros anteriormente permitidos.
El exceso sobre dicho lÃmite estará sujeto al pago de los tributos correspondientes, conforme a la normativa aduanera aplicable.
Alcance del ajuste
El SENAE precisó que esta modificación constituye el único cambio introducido en la normativa relacionada con los efectos personales de viajeros.
En consecuencia, las demás condiciones y beneficios aplicables al régimen de equipaje de pasajeros se mantienen vigentes.
Finalidad de la medida
De acuerdo con la autoridad aduanera, el ajuste responde a la identificación de usos indebidos del beneficio, originalmente previsto para el consumo personal de los viajeros.
El SENAE señaló que, en determinados casos, este mecanismo habrÃa sido utilizado para abastecer negocios informales, desnaturalizando la finalidad del régimen de efectos personales.
Impacto identificado
Según la información difundida por el SENAE, el ingreso de licor bajo este mecanismo alcanzó aproximadamente 694.000 litros durante el año 2024, evidenciando un crecimiento sostenido en su utilización.
Esta situación, según la autoridad, habrÃa generado distorsiones en el mercado y afectaciones al sector formal.
Efectos en el sector formal
El comunicado señala que el uso indebido de este beneficio impacta directamente a productores locales, importadores formales y trabajadores vinculados a esta actividad económica.
En ese sentido, la medida busca preservar el equilibrio entre el beneficio otorgado a los viajeros y la protección de los actores que operan dentro del marco regulatorio y tributario correspondiente.
Acciones institucionales
El SENAE informó que el proceso fue puesto en conocimiento de la ContralorÃa General del Estado, con el fin de que se determinen las responsabilidades que correspondan.
Vigencia
El nuevo lÃmite se encuentra vigente desde el 4 de mayo de 2026.
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