Derogatoria del mecanismo de recaudación de la tasa aduanera para mercancías provenientes de Colombia
- Ab. Gabriel Pinto

- 16 jun
- 2 min de lectura
Las empresas y operadores que importan mercancías desde Colombia deberán tomar en cuenta un nuevo cambio en el esquema de pago de la tasa por servicio aduanero. El Servicio de Rentas Internas derogó las disposiciones que regulaban su recaudación a través de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000012, como consecuencia de la derogatoria de la resolución emitida previamente por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000020, de 12 de junio de 2026, la Directora General del Servicio de Rentas Internas dejó sin efecto la normativa que establecía el mecanismo de recaudación de esta tasa, aplicable a mercancías que ingresaban al Ecuador desde la República de Colombia.
No obstante, el servicio de pago habilitado en el portal institucional del SRI se mantendrá disponible de manera temporal hasta el 31 de agosto de 2026. A partir del 1 de septiembre de 2026, cualquier pago asociado a esta tasa deberá realizarse directamente a través del mecanismo que habilite el Servicio de Rentas Internas.
Derogatoria de la resolución de recaudación
La Resolución deroga expresamente la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000012, publicada en el Sexto Suplemento del Registro Oficial Nro. 243 de 13 de marzo de 2026, mediante la cual se establecieron las disposiciones para la recaudación de la tasa por servicio aduanero, por concepto de control aduanero, aplicable a las mercancías que ingresen desde Colombia.
Mantenimiento temporal del servicio de pago
Se dispone que el servicio para el pago de la tasa por servicio aduanero, establecido en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000012, permanecerá habilitado en el portal institucional del Servicio de Rentas Internas hasta el 31 de agosto de 2026.
Nuevo mecanismo de pago
A partir del 1 de septiembre de 2026, cualquier pago asociado a esta tasa deberá realizarse directamente a través del mecanismo que habilite el Servicio de Rentas Internas.
Vigencia
La Resolución entró en vigor el 12 de junio de 2026.
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