Ab. Karina Loza Santillán
Jefe del Departamento Regulatorio
Estimados Clientes y Amigos:
Nos permitimos poner en su conocimiento que la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario reforma la Disposición Transitoria Única de la Resolución 123 de 31 de agosto de 2020, relativa a los Certificados Sanitarios de Origen y Movilización, obtenidos con base en MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULACIÓN Y CONTROL DE ORIGEN DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS CÁRNICOS EN ESTADO PRIMARIO DESTINADOS A CONSUMO HUMANO (en adelante, el Manual).
A continuación, una síntesis de las principales reformas realizadas:
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- La emisión digital de los Certificados Sanitarios de Origen y Movilización se hará a partir del 01 de septiembre de 2021, hasta lo cual, los centros de faenamiento deben emitir los certificados de manera física utilizando el formato contenido en el Manual.
Los certificados deben ser firmados por un médico veterinario autorizado en caso de centros de faenamiento de especies mayores; y, por el veterinario o representante legal en el caso de centros de faenamiento de especies menores.
Segunda.- Cuando inicie la emisión digital de la Certificación Sanitaria de Origen y Movilización, existirá un plazo de 4 meses para la transición de la emisión física a la emisión digital, así como para adopción y asimilación del sistema por parte de los usuarios.
En este tiempo de transición, los medios de transporte de productos y subproductos cárnicos en estado primario deberán realizar su registro dentro del sistema para poder ser seleccionables en el proceso de emisión de certificados.
Tercera.- Terminado el plazo de 4 meses , se derogará de manera automática el anexo 1 del Manual.
Perderán toda validez los certificados emitidos con base en este anexo.
III. DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Se deroga la Resolución 0057 de 4 de mayo de 2021 en la cual se reforma las disposiciones transitorias de la resolución 123 de 31 de agosto de 2020 y se aprueba el Manual.
Vigencia. – La Resolución Nro. 0164 contiene la “La Reforma a la Disposición Transitoria Única de la Resolución 123 de 31 de agosto de 2020” emitida y publicada en el Registro Oficial N º 543 de 22 de septiembre de 2021.
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