Por: Ab. Maricruz Cepeda Torres
Jefa Departamento Litigio en Propiedad Intelectual
Estimados Amigos y Clientes:
Nos permitimos poner en su conocimiento las directrices determinadas por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales -SENADI-, aplicables durante la emergencia sanitaria:
I. Cómputo de plazos en los trámites ventilados ante SENADI: mediante Resolución No. 008-2020-DG-SENADI de 12 de abril de 2020, y comunicado de 19 de abril de 2020, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales dispuso que el cómputo de plazos y términos se encuentran suspendidos y no existe posibilidad de caducidad o incumplimiento de obligaciones. Sin embargo, SENADI tiene la potestad de emitir actos administrativos pendientes:
Mantener la suspensión de plazos y términos en los trámites que se sustancian ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales, hasta el 26 de abril de 2020
El cómputo de plazos y términos se reactivará mediante resolución motivada del SENADI
La suspensión del cómputo de plazos y términos, no limitará la potestad de sus direferentes órganos para emitir actos administrativos
La atención presencial en las oficinas del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales a nivel nacional desde el día 16 de marzo hasta nuevo aviso
II. Trámites habilitados ante SENADI: sin perjuicio de la suspensión del cómputo de plazos, el SENADI ha dispuesto:
Presentación de escritos O-LINE: mantener habilitados todos los servicios en línea y habilitar el correo electrónico documentos@senadi.gob.ec para la presentación de documentación que no puede ser presentada a través del sistema de solicitudes en línea. No obstante esta documentación deberá ser posteriormente presentada en forma física cuando las circunstancias lo permiten y conforme las instrucciones que se emitan para el efecto.
Por tanto, es posible realizar trámites on-line como solicitudes de registros, modificaciones de registro entre otros.
Pago de Tasas Oficiales- ONLINE: mediante comunicado de 17 de marzo de 2020, el SENADI informó que los pago de las tasas por los servicios que brinda la institución se mantienen habilitadas bajo dos posibilidades: (i) Ventanillas del Banco del Pacífico y (ii) transferencia bancaria (Banco Pacífico, Cta. Corriente #7877889).
En caso de realizar una transferencia se deberá remitir los siguiente documentos al correo electrónico: transferencias@senadi.gob.ec
Oficio de validación en formato PDF (adjunto)
Comprobantes de pago emitidos por el sistema de recaudación de SENADI que requieran validación.
Comprobante de transferencia que indique la confirmación del pago.
Certificado de descuento vigente (en caso que amerite).
Los oficios de validación se atenderán de acuerdo al orden cronológico de la bandeja de entrada del correo electrónico.
Una vez validado el pago por el SENADI, de ser el caso, se podrá continuar con el trámite on-line en https://registro.propiedadintelectual.gob.ec/solicitudes; o, se validará el cumplimiento de las obligaciones por pago de las tasas correspondientes.
III. Trámites de marcas- ON-LINE: mediante comunicado de 20 de abril de 2020, el SENADI habilita los siguientes trámites mediante la página www.derechosintelectuales.gob.ec:
Consulta sobre el estado de trámites de signos distintivos
Consulta de Resoluciones y títulos de signos distintivos
Consulta de trámites de renovación de signos distintivos
Los datos serán actualizados permanentemente por el SENADI.
Comments