Creación del Comité de Transparencia en el Sector Minero
- Génesis Ojeda Bravo

- 3 sept
- 4 Min. de lectura
Objeto y alcance de la Resolución ARCOM-2025-0035-R
Instructivo que regula la creación, conformación y funcionamiento del Comité de Transparencia para el cumplimiento de los parámetros técnicos de los mecanismos exigibles para garantizar el derecho humano de acceso a la información pública
La Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) ha expedido un nuevo instructivo que fortalece el acceso a la información pública en el sector minero. Este análisis detalla su alcance, estructura y efectos prácticos.
Este instructivo obliga a todo el personal de ARCOM a cumplir con funciones y procedimientos de transparencia (activa, pasiva, focalizada y colaborativa), asegurando rendición de cuentas, acceso ciudadano a la información y control social en el sector minero.
Integración, estructura y funciones clave del Comité de Transparencia
La Resolución dispone la creación, conformación y funcionamiento de un Comité de Transparencia o de la delegación de la persona oficial de transparencia, el cual promoverá la vigilancia y cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública, en concordancia con las directrices de la Defensoría del Pueblo.
El Comité de Transparencia está integrado por los responsables de siete unidades institucionales. Cada unidad aporta responsabilidades específicas relacionadas con la producción, custodia, validación y difusión de la información pública:
Coordinación de Planificación y Gestión Estratégica (preside el Comité).
Coordinación de Asesoría Jurídica.
Coordinación Administrativa Financiera.
Coordinación Nacional de Regulación Minera.
Coordinación Nacional de Control Minero.
Dirección de Gestión Documental y Archivo (actúa como Secretaría).
Dirección de Comunicación Social (administra los contenidos del portal de transparencia).
Entre las principales funciones del Comité y sus miembros se destacan:
Vigilar y hacer cumplir las obligaciones de transparencia conforme a la Constitución, la LOTAIP y lineamientos de la Defensoría del Pueblo.
Revisar y autorizar la publicación de información en el Portal Nacional de Transparencia y en el sitio institucional.
Elaborar informes mensuales y anuales, tanto en materia de transparencia activa, pasiva, focalizada y colaborativa.
Coordinar con las Unidades Poseedoras de la Información (UPI), responsables de registrar y actualizar datos en formatos de datos abiertos.
Garantizar que la información publicada sea interoperable, accesible y reutilizable por la ciudadanía.
Modalidades de transparencia reguladas por ARCOM
La resolución establece cuatro formas en que ARCOM debe garantizar el acceso a la información pública, cada una con efectos concretos para la ciudadanía y la industria minera:
Transparencia activa: publicación mensual de datos obligatorios (estructura, presupuesto, contratos).
Para la ciudadanía: acceso permanente a información básica del funcionamiento institucional.
Para la industria: mayor control sobre los procesos de contratación y asignación de recursos.
Transparencia pasiva: respuesta a solicitudes ciudadanas a través del Portal Nacional de Transparencia.
Para la ciudadanía: posibilidad de pedir y recibir información específica de forma formal y registrada.
Para la industria: acceso a información puntual sobre trámites o regulaciones que afectan su operación.
Transparencia focalizada: difusión proactiva de información especializada de interés público.
Para la ciudadanía: mejor comprensión de decisiones técnicas relevantes.
Para la industria: datos clave que permiten mayor previsibilidad regulatoria.
Transparencia colaborativa: creación de espacios de participación (presenciales o virtuales).
Para la ciudadanía: canales para expresar necesidades de información y ejercer control social.
Para la industria: oportunidad de dialogar con reguladores y plantear demandas de información sectorial.
En todos los casos, ARCOM debe elaborar informes mensuales dirigidos a su máxima autoridad, lo que asegura supervisión y responsabilidad interna en el cumplimiento de estas obligaciones.
Informes y certificaciones de cumplimiento Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)
El Comité de Transparencia debe presentar un informe anual sobre el cumplimiento de la LOTAIP y registrarlo en el Portal Nacional de Transparencia. Al concluir el proceso, ARCOM recibe un certificado oficial que acredita el cumplimiento de estas obligaciones.
Para la ciudadanía: este certificado busca garantizar de que la información pública se está gestionando de manera transparente y puede usarse como respaldo en procesos de control social.
Para la industria minera: busca generar seguridad institucional y reduce riesgos de opacidad en decisiones regulatorias que afectan al sector. Además, funciona como evidencia ante eventuales procesos de auditoría o control.
Obligaciones de las Unidades Poseedoras de Información (UPI)
Cada área de ARCOM tiene la obligación de publicar información clave —como estructura institucional, remuneraciones, contratos, presupuestos, auditorías, viáticos, convenios, donativos y audiencias públicas— en el Portal Nacional de Transparencia
Estas unidades deben actualizar los datos cada mes dentro de plazos fijos (primeros cinco días, con validación hasta el día 15), lo que asegura que la información pública esté disponible de forma oportuna y verificable.
Para la ciudadanía: significa acceso a información fresca y confiable sobre cómo se administra la institución.
Para la industria minera: permite monitorear con regularidad la gestión institucional y los procesos de contratación que impactan al sector.
Disposiciones transitorias y plazos de implementación
La resolución fija tiempos concretos para asegurar que la transparencia no quede en el papel:
Actualización del índice de información reservada: cada seis meses ARCOM debe publicar en el Portal Nacional de Transparencia qué información se considera confidencial y por qué.
Conformación del Comité de Transparencia: en un plazo máximo de 15 días desde la expedición de la resolución, cada unidad de ARCOM debe designar a su delegado técnico para integrarlo.
Con estos plazos, se garantiza que el Comité empiece a operar de inmediato y que la clasificación de información se revise periódicamente, evitando reservas indefinidas o discrecionales.
Impacto y conclusiones de la Resolución ARCOM-2025-0035-R
La resolución redefine la gestión de la información pública en el sector minero, con efectos directos para todos los actores:
Empresas mineras: acceso más claro y ordenado a procesos regulatorios, contratos y obligaciones.
Comunidades y sociedad civil: mayor transparencia para ejercer control social sobre la actividad minera.
Financiamiento y cooperación internacional: evidencia verificable de estándares de transparencia en el sector extractivo.
Seguridad jurídica: un sistema de rendición de cuentas con parámetros técnicos que da confianza a todos los actores.
En conjunto, la creación del Comité de Transparencia fortalece la institucionalidad de ARCOM y garantiza el cumplimiento de la LOTAIP. Su implementación adecuada permitirá mejorar la confianza ciudadana, prevenir riesgos de corrupción y asegurar que la información relevante del sector extractivo esté disponible, actualizada y en formatos reutilizables.
¿Necesita apoyo legal para implementar o auditar el cumplimiento de la LOTAIP en su operación minera?
El equipo multidisciplinario liderado por el Dr. José Meythaler —con más de 30 años de experiencia en regulación pública, arbitraje y litigios— brinda asesoría estratégica en cumplimiento normativo, transparencia institucional y defensa técnica ante autoridades regulatorias.
Contáctenos para una consulta personalizada.




