top of page

Obligaciones de los Empleadores que Cuentan con 10 o más Trabajadores

Ab. Cristina Guarderas B.

 

Estimados Amigos y Clientes:


Por medio del presente, recordamos la obligación que tienen los empleadores que cuenten con 10 o más trabajadores de elaborar y registrar en el Sistema Único de Trabajo -SUT-, el Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento de Seguridad e Higiene.


En dos puntos, te recordamos lo que debes tomar en cuenta:


1. El Reglamento Interno de Trabajo es una herramienta que permite al empleador, principalmente establecer las obligaciones, prohibiciones propias de su actividad, así como las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento. Estas son sus particularidades:

  • No tiene una fecha específica de vigencia/caducidad, pues desde su aprobación es válido hasta que se modifique o se apruebe uno nuevo.

  • En caso de incumplimiento del registro y aprobación del Reglamento Interno, el Ministerio del Trabajo podrá imponer una multa de US $200,00. El pago de la multa no exime el cumplimiento de la obligación.


2. Por su parte, el Reglamento de Higiene y Seguridad, es un documento que contiene normas de seguridad y salud las cuales deben ser cumplidas en el lugar de trabajo, con el fin de reducir la existencia de accidentes y enfermedades ocupacionales. Estas son las cuestiones a tomar en cuenta:

  • Tiene que ser renovado cada 2 años.

  • En caso de incumplimiento de las obligaciones laborales en materia de seguridad y salud del trabajo (lo cual implica el registro y aprobación del Reglamento de Higiene y Seguridad), el Ministerio del Trabajo podrá imponer una multa de US $200,00. El pago de la multa no exime el cumplimiento de la obligación.

Finalmente, esta información la pueden encontrar en el Código de Trabajo en los artículos 64 y 434, así como en el Acuerdo Ministerial No.MDT-2017-0135 publicado en el Registro Oficial 104 del 20 de octubre de 2017.


¿Tienes pregutas? Ponte en contacto con nosotros.




aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal. La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí. No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente. Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page