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Cambios en el Precio del Diésel en Ecuador: Decreto Ejecutivo 242

  • Foto del escritor: Génesis Ojeda Bravo
    Génesis Ojeda Bravo
  • 19 dic 2025
  • 3 Min. de lectura

El 11 de diciembre de 2025, el Presidente Constitucional de la República, Daniel Noboa Azín, emitió el Decreto Ejecutivo No. 242, mediante el cual se introducen ajustes técnicos al Reglamento Codificado para la Regulación de los Precios de los Derivados de Hidrocarburos, vigente desde junio de 2024.


La reforma se enmarca en el nuevo esquema de comercialización del diésel sin subsidio y tiene como finalidad perfeccionar el funcionamiento del sistema de bandas de precios, corrigiendo temporalmente ciertos componentes técnicos de la fórmula de cálculo para evitar distorsiones y garantizar estabilidad en el precio del Diésel Premium automotriz.


Eliminación del Subsidio y base normativa del Nuevo Régimen

El Decreto Ejecutivo No. 242 se enmarca en lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo No. 126, emitido en septiembre de 2025, mediante el cual se eliminó el subsidio al diésel y se estableció un sistema de bandas para su comercialización.


Este sistema permite ajustes mensuales del precio dentro de márgenes previamente definidos, en función de la evolución del precio internacional del crudo, particularmente del marcador WTI.


Ajustes Técnicos al Mecanismo de Fijación de Precios

En este contexto, el objetivo central del Decreto Ejecutivo No. 242 es ajustar determinados componentes técnicos utilizados en el cálculo del precio de paridad de importación de los derivados de hidrocarburos, con el fin de evitar distorsiones temporales en el precio final.


Para ello, se elimina de manera transitoria la consideración del RVO dentro del componente PM y se establecen disposiciones temporales que aseguran continuidad y equidad en la fijación de precios durante un periodo determinado.


Reducción de Precio conforme a la banda de Diciembre

Como resultado de la aplicación del sistema de bandas y de los ajustes técnicos introducidos, desde el 12 de diciembre de 2025 el precio del diésel automotor en Ecuador registra una leve reducción, en comparación con el período anterior.


Para el período comprendido entre el 12 de diciembre de 2025 y el 11 de enero de 2026, el galón de diésel se comercializa a USD 2,768, frente al precio previo de USD 2,80.


Este valor se determinó mediante la aplicación de la fórmula técnica definida por el Ministerio de Energía y Minas, considerando la evolución del precio internacional del petróleo y las condiciones del mercado.


Aplicación Nacional del Nuevo Precio Regulado

El nuevo precio rige a escala nacional y forma parte del cronograma mensual de actualización previsto en el sistema de bandas.


De manera adicional, las gasolinas Extra y Ecopaís también registraron ajustes en sus precios, conforme a la política de estabilización gradual implementada por el Ejecutivo.


Implicaciones prácticas para el Sector Hidrocarburífero


1. Impacto operativo y comercial

La reforma tiene un impacto directo en comercializadoras, importadoras y consumidores institucionales, al estabilizar el precio del Diésel Premium automotriz mediante ajustes transitorios que reducen distorsiones asociadas a componentes técnicos y márgenes. Esto contribuye a una mayor eficiencia y uniformidad en el abastecimiento a nivel nacional.


2. Obligaciones de cumplimiento regulatorio

Las entidades del sector deberán ajustar sus sistemas de cálculo de precios a partir de las 00:00 del 12 de diciembre de 2025, con independencia de la fecha de publicación en el Registro Oficial. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones por parte de la ARCH.


3. Alcance regulatorio y efecto económico

En un plano más amplio, el Decreto Ejecutivo No. 242 refuerza la regulación estatal de precios en el sector hidrocarburífero, asegurando equidad y continuidad en la prestación de servicios públicos esenciales conforme al marco constitucional.


Su aplicación inmediata resulta clave para mitigar los efectos de la volatilidad del mercado internacional y optimizar los costos operativos, contribuyendo a la sostenibilidad económica de las operaciones en Ecuador.


La información proporcionada es de carácter general y no constituye asesoría legal. Para un análisis de su caso, contáctenos.


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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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