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Cambios en el Comité de Ética del SERCOP: ¿qué deben tener en cuenta los proveedores del Estado?

  • Foto del escritor: Sheyla Cuenca
    Sheyla Cuenca
  • hace 7 minutos
  • 2 Min. de lectura

Resolución RI-SERCOP-2025-006

Registro Oficial N.º 173 – 27 de noviembre de 2025


El SERCOP actualizó las reglas internas de su Comité de Ética Institucional, reforzando los controles de integridad, ética y cumplimiento en el sistema de contratación pública. Aunque estos cambios no modifican los procedimientos de contratación, sí fortalecen el entorno de control que rodea a los procesos en los que participan los proveedores.


¿Qué cambió, en términos simples?

  1. Más control y supervisión ética: El Comité de Ética del SERCOP ahora sesiona con mayor frecuencia y tiene un rol más activo en la prevención de riesgos, revisión de denuncias y seguimiento de conductas irregulares.

  2. Integración por méritos, no por elección: Los representantes de los servidores públicos ya no se eligen por votación, sino por desempeño comprobado, lo que refuerza la objetividad y profesionalización del órgano.

  3. Nuevo rol clave - cumplimiento e integridad: Se incorpora formalmente un Responsable Institucional de Cumplimiento, especializado en ética pública, quien actúa como secretario del Comité y refuerza los controles internos.

  4. Mayor trazabilidad y documentación: El Comité ahora debe contar con un reglamento interno y un plan anual de trabajo, lo que implica procesos más documentados y verificables.


¿Por qué esto es relevante para los proveedores?

Porque los procesos de contratación pública estarán respaldados por un sistema de control ético más estricto, lo que implica:

  • Mayor atención a denuncias o alertas de irregularidades.

  • Revisión más cuidadosa de conductas durante y después del proceso contractual.

  • Expectativas más altas en materia de transparencia, cumplimiento y comportamiento ético.


En la práctica, el entorno se vuelve más exigente para proveedores que no tengan reglas claras de cumplimiento interno.


Implicaciones prácticas para entidades contratantes

  • Para entidades del SNCP: Las instituciones públicas deberán revisar y ajustar sus órganos de integridad para alinearlos con las Normas Técnicas de Integridad Pública 2025, fortaleciendo sus mecanismos internos de control y prevención.

  • Rol del Responsable Institucional de Cumplimiento: La incorporación del Responsable Institucional de Cumplimiento consolida un modelo de control preventivo dentro del SERCOP y marca un estándar que las entidades públicas tenderán a replicar.


¿Qué recomendamos a los proveedores del Estado?

  • Revisar sus políticas internas de ética y cumplimiento.

  • Asegurar que su personal conozca y respete reglas de integridad en procesos con el sector público.

  • Contar con protocolos claros frente a denuncias, conflictos de interés y prácticas de riesgo.


Nuestro equipo asesora a proveedores del Estado en:

  • Evaluación de riesgos de cumplimiento en contratación pública.

  • Diseño y actualización de políticas de ética e integridad.

  • Acompañamiento preventivo frente a auditorías, denuncias o investigaciones.


Para una revisión preventiva o consulta personalizada, estamos a su disposición.



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