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Nuevas Disposiciones para la Autorización y Supervisión de Ensayos de Plaguicidas Agrícolas

  • Foto del escritor: Karina Loza
    Karina Loza
  • 24 jul
  • 2 Min. de lectura

Atención Empresas del sector agroquímico y agroindustrial

Desde el 20 de marzo del 2025, se regula formalmente cómo deben implementarse y autorizarse los ensayos de eficacia de plaguicidas agrícolas en Ecuador. Se establece requisitos para inspectores, procedimientos para organismos acreditados y sanciones en caso de incumplimiento, garantizando que los ensayos que respaldan el registro o modificaciones en el uso de plaguicidas sean confiables y se realicen bajo estándares técnicos definidos.


Base Legal

Manual Técnico para la Implementación y Autorización del Servicio de Inspección de Ensayos de Eficacia de Plaguicidas de Uso Agrícola del Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, publicado el 12 de mayo de 2025 mediante Segundo Suplemento de Registro Oficial Nro. 36.


Sujetos Obligados

El manual se aplica a todas las personas naturales o jurídicas acreditadas por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE) como Organismos de Inspección y autorizadas por la Agencia, que realicen inspecciones de ensayos de eficacia de plaguicidas agrícolas, ya sea para:

  1. registro,

  2. reevaluación,

  3. ampliación de uso,

  4. modificación de dosis o

  5. cambios en las condiciones de uso de un cultivo.

 

La Agencia realizará acompañamiento y supervisión a los inspectores autorizados de ensayos de eficacia al menos dos veces al año, o con mayor frecuencia si lo considera necesario, para certificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos.

 

Requisitos

Requisitos para inspectores de ensayos

Para ser autorizado como inspector de ensayos, la persona interesada debe cumplir con lo siguiente:

  • Poseer título de ingeniero agrónomo, agropecuario o agrícola, registrado ante el SENESCYT.

  • Tener al menos un año de experiencia laboral en identificación de plagas de productos agrícolas.

  • Aprobar la evaluación técnica como “inspector de ensayos”.

  • Cumplir con otros requisitos adicionales que establezca la normativa.


Sobre la realización de los ensayos:

  • Los ensayos de eficacia pueden realizarse en campo abierto o en ambientes confinados.

  • La localización del ensayo será determinada por el titular del registro.

  • Si se trata del registro de un nuevo producto, el ensayo debe realizarse en al menos dos sitios con características agroecológicas distintas.


Obligaciones de los Organismos de Inspección:

  • Contar con personal técnico autorizado por la Agencia.

  • Programar y ejecutar al menos dos capacitaciones teórico-prácticas sobre reconocimiento de plagas.

  • Asegurar que la elaboración y revisión de los informes de ensayos de eficacia cumplan con las especificaciones y plazos establecidos en la normativa.

 

Sanciones por incumplimiento

  • Si un organismo de inspección incumple con las disposiciones del manual, la Agencia podrá suspender sus actividades por 60 días calendario.

  • Si el organismo acumula dos suspensiones en un periodo de dos años, su acreditación será cancelada por seis meses.


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Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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