Reembolsos, multas y nuevas obligaciones: el impacto de la Ley Orgánica de Aviación Civil en las aerolíneas

Las reglas del juego cambiaron para las aerolíneas que operan en Ecuador. El 24 de septiembre de 2026, la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate, con 88 votos, la Ley Orgánica de Aviación Civil, que unifica en un solo cuerpo normativo lo que antes estaba disperso entre la Ley de Aviación Civil y el Código Aeronáutico.
La nueva ley trae más estabilidad jurídica, pero también obligaciones concretas: devolver el precio del boleto incluso cuando el vuelo se suspenda por fuerza mayor o caso fortuito, cubrir hospedaje y manutención si la interrupción es imputable a la aerolínea, implementar herramientas tecnológicas para aplicar el descuento del 50% a adultos mayores y personas con discapacidad, y enfrentar multas calculadas en Salarios Básicos Unificados. A continuación, repasamos los cambios clave y lo que implican para su operación.
Principales cambios de la nueva Ley Orgánica de Aviación Civil
El siguiente cuadro resume los cambios más relevantes que introduce la nueva ley:
Tema | Qué cambia |
Jerarquía de la norma | La ley se eleva a la categoría de orgánica, lo que le otorga superioridad jerárquica y mayor estabilidad jurídica frente a otras normas. |
Aeronaves no tripuladas (drones) | El capítulo quinto regula expresamente su operación: la autoridad controla su registro y uso, y sanciona su operación indebida. |
Cálculo de sanciones y multas | Las infracciones se calculan ahora en Salarios Básicos Unificados (SBU); por ejemplo, de tres a seis SBU para las infracciones leves. Se abandonan tanto los valores fijos como la figura de las contravenciones aeronáuticas. |
Procedimiento administrativo sancionador y medidas cautelares | La ley prevé actuaciones previas al procedimiento administrativo sancionador y permite ordenar medidas cautelares que aseguren el cumplimiento de las sanciones. |
Independencia en la investigación de accidentes | La Junta de Investigación de Accidentes (JIA) deja de estar vinculada directamente a la Dirección General de Aviación Civil y pasa a estar adscrita al Ministerio de Infraestructura y Transporte, lo que garantiza su independencia funcional y evita conflictos de intereses. |
Gestión de la seguridad operacional | Se exige implementar formalmente el Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) y un sistema continuo de recopilación de datos de seguridad, conforme a los estándares del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. |
Sostenibilidad y medio ambiente | Dedica un artículo específico a la proteccíon del medio ambiente, fomentando la mitigación de emisiones, la reducción de la huella de carbono y el uso de tecnologías limpias, y somete toda operación aeronáutica en Ecuador a la normativa ambiental vigente. |
Derechos de los pasajeros | Si un vuelo se suspende por fuerza mayor o caso fortuito no imputable a la aerolínea, esta igualmente deberá devolver el precio del boleto. Si la interrupción es imputable a la aerolínea, deberá cubrir todos los gastos de manutención y hospedaje de los pasajeros, además de garantizar el reembolso del boleto. |
2. ¿Qué significa la nueva ley para su aerolínea?
La nueva Ley Orgánica de Aviación Civil trae oportunidades, pero también obligaciones que exigirán ajustes en la operación. Estos son los principales frentes de impacto:
Mayor estabilidad jurídica y un mercado más predecible: Al tener rango de ley orgánica, el nuevo marco ofrece mayor estabilidad a largo plazo. Su alineación estricta con las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la adopción del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) generan un entorno más seguro y predecible, que fomenta la competitividad, facilita la inversión y favorece el crecimiento sostenido del sector aéreo.
Nuevas obligaciones frente a los pasajeros: La ley refuerza la protección de los usuarios nacionales e internacionales y establece normas y sanciones detalladas sobre compensaciones por denegación de embarque y deficiencias de información. Además, exige expresamente a las aerolíneas implementar herramientas tecnológicas que aseguren el descuento del 50% en tarifas para adultos mayores y personas con discapacidad. Revisar políticas comerciales, sistemas de venta y protocolos de atención será clave para evitar sanciones.
Operaciones en aeropuertos con estándares más altos: Los aeropuertos y aeródromos deberán someterse a un proceso de certificación, con programas específicos de seguridad y de control de peligro aviario y de fauna. Para las aerolíneas, esto se traduce en una infraestructura más moderna, mejor respuesta ante emergencias y operaciones bajo estándares globales.
Carga y logística: nuevas reglas y trámites más ágiles: Por primera vez se fijan reglas claras y sanciones para la operación comercial y el transporte de carga con drones, con exigencia de autorizaciones y pólizas de seguro de responsabilidad. A esto se suma el Comité Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo, que contribuirá a agilizar los trámites de aduana, migración y sanidad, un beneficio directo para las aerolíneas con operaciones de carga.
La nueva ley abre oportunidades, pero también exige ajustes concretos en su operación. Nuestro equipo puede acompañarle en un diagnóstico de cumplimiento para identificar a tiempo qué debe cambiar y cómo hacerlo. Escríbanos a info@lmzabogados.com y agende una reunión con nuestros especialistas.




