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Supervisión de Contratos de Asociación Público-Privada

El 8 de agosto de 2025, el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas (CIAPP), mediante Resolución Nro. CIAPP-R-2025-002, aprobó los Lineamientos Generales para la Supervisión de Contratos APP, publicados en el Registro Oficial Suplemento N.º 109 del 25 de agosto de 2025.


Este instrumento normativo tiene carácter vinculante y constituye una guía obligatoria para todas las Entidades Delegantes y Gestores Privados que participan en proyectos bajo la modalidad de Asociación Público-Privada (APP).


Objetivo y Alcance

El objetivo principal de la resolución es establecer un marco normativo homogéneo para la supervisión de contratos APP, aportando seguridad jurídica, predictibilidad y eficiencia tanto a las entidades públicas como a los gestores privados.


El ámbito de aplicación abarca a todas las Entidades Delegantes y Gestores Privados que ejecuten contratos APP en el marco de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo (Ley APP).


Principales Aspectos de los Lineamientos

1. Marco institucional y sistema de cumplimiento

Las Entidades Delegantes deberán implementar un Sistema de Cumplimiento de Contratos APP, conformado por:

  • Un equipo técnico multidisciplinario.

  • Manuales de supervisión sectoriales.

  • Metodologías para verificar indicadores, niveles de servicio y estándares de desempeño.


Adicionalmente, se establece la obligación de monitorear riesgos ambientales y medir la huella de carbono, en coordinación con la Autoridad Ambiental Nacional.


2. Principios rectores

Los lineamientos se sustentan en principios de:

  • Rendición de cuentas y transparencia, con acceso a la información.

  • Enfoque preventivo y correctivo, más allá del carácter sancionador.

  • Eficiencia y proporcionalidad en los procesos de supervisión.

  • Predictibilidad y confianza legítima para los Gestores Privados.


3. Funciones y facultades de supervisión

La Entidad Delegante asume la responsabilidad de gestionar, supervisar, monitorear y fiscalizar los contratos APP. Para ello, se le otorgan facultades que incluyen:

  • Inspecciones in situ y revisiones documentales.

  • Reuniones de trabajo y supervisión continua, incluso encubierta.

  • Uso de herramientas tecnológicas para seguimiento.

  • Requerimiento de documentación, aplicación de pruebas técnicas y levantamiento de actas.


4. Obligaciones de los Gestores Privados

Los Gestores Privados deberán:

  • Garantizar acceso a instalaciones y colaborar con la supervisión.

  • Implementar mecanismos de autocontrol preventivo (auditorías internas, planes de calidad).

  • Presentar información financiera, técnica y administrativa en los plazos establecidos.

  • Atender reclamos de usuarios y presentar informes anuales sobre riesgos y desempeño.


5. Manuales de supervisión y metodologías

Cada Entidad Delegante deberá aprobar un Manual de Supervisión Sectorial antes de la vigencia de los contratos.


Estos manuales deberán cubrir:

  • La fase de inversión.

  • La fase de operación.

  • Aspectos económico-financieros.


Su finalidad es garantizar uniformidad, transparencia y seguridad jurídica en los procesos de supervisión.


6. Empresas supervisoras externas

En proyectos de mayor complejidad se podrá contratar empresas supervisoras externas, siempre que cumplan con requisitos de:

  • Independencia.

  • Transparencia.

  • Ausencia de conflicto de interés.


El financiamiento podrá provenir del patrimonio autónomo del proyecto APP.


7. Gestión de incidentes y continuidad operativa

Se establecen procedimientos específicos para:

  • Detección, reporte, análisis y respuesta frente a incidentes de seguridad.

  • Coordinación interinstitucional en casos de impacto relevante.

  • Planes de continuidad y recuperación ante desastres, con el fin de garantizar la disponibilidad permanente de los servicios.


Conclusiones

  • Carácter vinculante: Los lineamientos del CIAPP son de cumplimiento obligatorio y constituyen el marco uniforme para la supervisión de contratos APP en el Ecuador.

  • Fortalecimiento institucional: Se estandarizan prácticas de supervisión, reduciendo discrecionalidad y reforzando la transparencia, la rendición de cuentas y la eficiencia.

  • Impacto en la gestión contractual: Tanto Entidades Delegantes como Gestores Privados deberán ajustar sus sistemas de gobernanza, manuales, controles internos y reportes, incorporando dimensiones técnicas, financieras, ambientales y sociales.


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