Acuerdo Ministerial Nro. 034 del Ministerio de Ambiente
Estimados Amigos y Clientes:
El "bioemprendimiento" es aquel emprendimiento que, mediante el uso sostenible de la biodiversidad nativa y de su valoración, implementa una estrategia de conservación del patrimonio natural para fomentar una economía sostenible -bioeconomía. Este tipo de emprendimientos pueden gestionarse mediante la aplicación de iniciativas públicas, privadas, académicas y comunitarias comprometidas con la reducción de la deforestación.
De acuerdo con el Ministerio de Ambiente, los lineamientos de caracterización de un bioemprendimiento son tres: ambientales, económicos y sociales. Estos parámetros, a su vez, requieren de las siguientes caraceterizaciones:
a) Ambientales: 1) Procesos de recolección que respete los ciclos de regeneración natural de las especies; 2) La biodiversidad nativa cultivada no puede, en ningún caso, transformarse en monocultivos; 3) Cultivos nativos libres de deforestación; 4) Cumplimiento de la normativa ambiental vigente; 5) Utilización de métodos de recolección y de procedimientos productivos según las características de los entornos, que no impliquen riesgos ambientales y no entrañen contaminación física, química y/o biológica; 5) Generar alternativas resilientes al cambio climático; 6) Considerar salvaguardas para conservar el bioconocimiento y el patrimonio genético proveniente de la biodiversidad; y, 7) Otros lineamientos que la Autoridad Ambiental Nacional considere pertinentes, en el marco del presente acuerdo.
b) Económicos: 1) Rentabilidad económica demostrable, que garantice su sostenibilidad en el tiempo y represente una alternativa de ingresos para los emprendedores; y, 2) Los lineamientos que la Autoridad Ambiental Nacional considere pertinentes.
c) Sociales:1) Mejorar de la calidad de vida de los Involucrados en los bioemprendimientos, con enfoque de género; 2) Salvaguardar el conocimiento ancestral de las comunidades involucradas en los bioemprendimientos; 3) Aportar con alternativas de desarrollo social orientadas a reducir la presión ambiental en áreas bajo conservación; y, 4) Lo demás que establezca la Autoridad Ambiental Nacional.
Con la finalidad de fomentar los bioemprendimientos, la Autoridad Ambiental Nacional deberá coordinar con la Autoridad Nacional de la Investigación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y el Instituto Nacional de la Biodiversidad, la identificación de productos de la biodiversidad con potencial de uso y aprovechamiento; definir zonas geográficas estratégicas para el fomento de bioemprendimientos; coordinar los programas y proyectos de cooperación relacionados con bioemprendimientos; emitir las autorizaciones administrativas pertinentes; impulsar la marca BioEcuador para los productos generados por estos emprendimientos, para mejorar su posicionamiento en el mercado; gestionar fondos para el desarrollo de proyectos relacionados con el fomento a los bioemprendimientos, que permitan reducir los problemas socio-ambientales y promuevan la conservación; entre muchos otros.
Adicionalmente, la Autoridad Ambiental Nacional deberá apoyar a la consolidación de los bioemprendimientos mediante acuerdos y convenios de cooperación con universidades, organizaciones no gubernamentales, firmas consultoras, empresas privadas y/o de servicios especializados.
Esperamos que la noticia sea de su agrado e interés.
Muy atentamente,
Ab. Beatriz Meythaler
Meythaler & Zambrano Abogados
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