Por Ab. Gabriel Pinto
El 2024 marca un año crucial para el sistema tributario ecuatoriano. Con dos leyes fundamentales, la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y la Ley Orgánica de Competitividad Energética, se introducen reformas que impactan significativamente a contribuyentes y empresas. En este artículo, desglosamos estas reformas para entender mejor su alcance y aplicación:
Deducción al Impuesto a la Renta por Nuevos Empleos para Jóvenes (18-29 años)
Deducción al Impuesto a la Renta por contratar individuos tras condena privativa de libertad
Beneficios fiscales, energía verde y emprendedores (IVA 2025)
Cambios en el Impuesto a la Salida de Divisas para la Banca Privada en el 2025
Incentivos para Inversión en Publicidad y Empleo
La primera reforma notable es la deducción al Impuesto a la Renta (IR) por gastos en publicidad, patrocinio y promoción. Ahora, los gastos destinados a ciertos grupos y actividades, como deportistas, estudiantes de bajos recursos, y entidades educativas, serán deducibles en un 150% adicional. Esta medida busca fomentar la inversión en sectores clave para el desarrollo social y económico. Además, se introduce una deducción por la generación de nuevas plazas de trabajo. Las empresas que empleen a jóvenes entre 18 y 29 años, así como a personas condenadas o sus cónyuges, se beneficiarán de deducciones significativas. Este incentivo busca impulsar el empleo en grupos vulnerables y contribuir a la inclusión laboral.
Para una guía completa sobre el asunto, recomendamos leer nuestro artículo de diciembre de 2023: "Incentivos Tributarios en Ecuador para Publicidad y Patrocinio: Una Guía".
Deducción al Impuesto a la Renta por Nuevos Empleos para Jóvenes (18-29 años)
La reforma tributaria ecuatoriana en 2024 introduce incentivos significativos para fomentar la generación de empleo. Las empresas que contraten jóvenes entre 18 y 29 años pueden deducir el 50% de los gastos de sueldos y salarios que contribuyan a la seguridad social. Este beneficio se incrementa al 75% si los empleados son graduados de instituciones públicas de educación superior. Además, hay una deducción especial del 75% para empleos en el sector de la construcción y agricultura.
Estas deducciones, que buscan estimular la contratación de jóvenes y apoyar sectores clave, no son acumulables y requieren que los contratos se registren en el Ministerio de Trabajo.
Para acceder a estos beneficios, los empleadores deben estar al día con sus obligaciones ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Sin embargo, no se permiten deducciones para aquellos empleados que previamente trabajaban para el mismo empleador o que son familiares cercanos.
Deducción al Impuesto a la Renta por contratar individuos tras condena privativa de libertad
La reforma tributaria ecuatoriana amplía las deducciones del Impuesto a la Renta para incentivar la inclusión laboral de individuos que han cumplido condenas privativas de libertad superiores a un año, así como sus cónyuges o parejas en unión de hecho. Las empresas pueden beneficiarse de una deducción del 75% sobre los gastos de sueldos y salarios que hayan contribuido al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por emplear a estas personas.
Adicionalmente, existe una deducción del 50% si se contrata a personas que hayan estado detenidas sin una sentencia condenatoria ejecutoriada. Estos beneficios fiscales no son acumulables con otras deducciones relacionadas con el empleo juvenil. Para que los empleadores se acojan a estos beneficios, deben estar al corriente con sus obligaciones fiscales y registrar los contratos laborales en el Ministerio de Trabajo.
Oportunidad de Remisión Tributaria
La legislación ecuatoriana presenta una oportunidad única de remisión tributaria, ofreciendo a los contribuyentes que se pongan al día con sus deudas fiscales una exoneración del 100% en intereses, multas y recargos.
Para ser elegibles, deben liquidar total o parcialmente sus deudas tributarias, que incluyen impuestos gestionados por el SRI y generadas hasta el 31 de diciembre de 2023, antes del 31 de julio de 2024. Si los pagos realizados antes de la ley suman el total de la deuda principal, se remiten los costos adicionales; si no, el contribuyente puede acceder a la remisión sobre el saldo restante. El SRI debe recibir los pagos desde la vigencia de la ley. Cabe destacar que están excluidos de esta remisión el Presidente, los asambleístas y sus familiares cercanos, así como el Impuesto a la Renta del año fiscal 2023.
Regulación de Autorretención para Grandes Contribuyentes
Las sociedades catalogadas como Grandes Contribuyentes no estarán sujetas a la retención en la fuente del Impuesto a la Renta por parte de ningún agente de retención, salvo en los siguientes casos:
Contratistas que prestan servicios relacionados con la exploración y explotación de hidrocarburos, en los cuales el Estado ecuatoriano efectúa pagos.
Ingresos generados a partir de acuerdos formalizados entre un gran contribuyente y entidades del gobierno central, organismos desconcentrados y empresas públicas; así como con entidades y organismos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADS) a nivel parroquial, rural, cantonal, metropolitano y provincial, incluyendo sus organismos desconcentrados y empresas públicas.
Rentas derivadas de acuerdos celebrados entre un gran contribuyente y entidades vinculadas a la seguridad social.
Los Grandes Contribuyentes tienen la obligación de realizar una autorretención del Impuesto a la Renta de manera mensual, la cual se aplicará sobre la totalidad de los ingresos gravables generados durante ese mes, excluyendo aquellos ingresos que ya han sido objeto de retención conforme a las excepciones mencionadas anteriormente.
En caso de que un Gran Contribuyente tenga como actividad principal la comercialización o distribución de bienes o servicios bajo la modalidad de comisiones u operaciones similares, deberán considerar como ingreso el valor de la comisión para efectos de la autorretención.
Si el Gran Contribuyente realiza actividades distintas a la comercialización o distribución de bienes o servicios, la autorretención deberá calcularse sobre la totalidad de los ingresos gravables.
En situaciones en las cuales un Gran Contribuyente no pueda distinguir claramente entre los ingresos gravables y los exentos, la autorretención se calculará sobre la totalidad de los ingresos percibidos mensualmente.
La siguiente tabla presenta los rangos de porcentajes de autorretención establecidos por el SRI para diferentes sectores económicos:
SECTOR ECONÓMICO | RANGOS DE PORCENTAJES DE AUTORRETENCIÓN |
Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca | Del 1.25% al 5% |
Agroindustrial e Industria Manufacturera Exportadora | Del 1.25% al 2.25% |
Automotriz | Del 1.25% al 4% |
Comercio de Bienes al Por Mayor y Menor | Del 1.25% al 10% |
Construcción | Del 1.25% al 8% |
Industrias Manufactureras | Del 1.25% al 7% |
Información, Tecnología y Comunicación | Del 1.25% al 10% |
Información, Tecnología y Comunicación (Telefonía Móvil) | Del 4% al 5% |
Lácteos | Del 1.25% al 3% |
Recursos No Renovables Cementera | Del 2.25% al 7% |
Recursos No Renovables Minas | 7% |
Recursos No Renovables Petróleo Downstream | Del 3% al 8% |
Recursos No Renovables Petróleo Venta Combustibles (Venta de Gas Licuado de Petróleo) | Del 2% al 3% |
Salud | Del 1.25% al 9% |
Servicios | Del 1.25% al 10% |
Sistema Financiero (Bancos) | Del 4% al 5% |
Sistema Financiero (Cooperativas) | Del 3% al 4.5% |
Sistema Financiero (Seguros) | Del 1.25% al 10% |
Estos rangos están diseñados para aplicarse a partir del ejercicio fiscal 2024 y reflejan una política tributaria diferenciada que tiene en cuenta la diversidad de actividades económicas dentro de la categoría de grandes contribuyentes.
Sanciones Reforzadas
La reforma tributaria también fortalece el régimen sancionador. Las personas y entidades que no suministren la información requerida por el SRI enfrentarán multas elevadas. Esta medida busca asegurar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Estas son algunas de las reglas importantes que debes conocer:
Si no proporcionas la información que el Servicio de Rentas Internas (SRI) te pide a tiempo, podrías tener que pagar una multa. Esta multa podría ser hasta un monto equivalente a 10 salarios básicos (aproximadamente USD. 4,600.00). La cantidad exacta de la multa dependerá de tus ingresos y tu capital, según lo que diga la ley.
La información que el SRI te pide no es privada ni confidencial, y debes darla directamente sin necesidad de intermediarios o trámites adicionales.
Si trabajas en una institución financiera que está supervisada por la Superintendencia de Bancos o en una organización de economía popular y solidaria supervisada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, debes entregar la información que el SRI te solicita a tiempo. Si no lo haces, podrías enfrentar una multa que podría ser grande, entre USD. 46,000.00 y USD. 230,000.00, dependiendo de la situación. El SRI te dará al menos 10 días hábiles para entregar la información.
La información bancaria que el SRI obtenga de ti se tratará como confidencial, pero solo se utilizará para cumplir con las leyes tributarias. Si alguien usa esta información de manera incorrecta, será castigado según la ley, ya sea civil, penal o administrativamente.
Beneficios fiscales para promover la energía verde y emprendedores en la liquidación de impuestos del año 2025
En el próximo año 2025, se implementarán importantes reformas fiscales que buscan fomentar la adopción de prácticas amigables con el medio ambiente y apoyar a emprendedores. Estas reformas incluyen una deducción adicional del 100% por depreciación y amortización en ciertas circunstancias:
Adquisición de equipos verdes
Si decides invertir en maquinarias, equipos o tecnologías destinadas a generar tu propia energía a partir de fuentes renovables no convencionales, podrás beneficiarte de esta deducción adicional del 100%. Esto significa que podrás deducir el costo completo de estas inversiones en tu declaración de impuestos.
Producción más limpia
Si implementas prácticas de producción más limpias en tu negocio, también podrás disfrutar de esta deducción adicional del 100%. Esto te incentivará a adoptar métodos de producción que reduzcan tu impacto ambiental y emisiones de gases de efecto invernadero.
Energía renovable
Si optas por generar tu propia energía a partir de fuentes renovables como la solar o eólica, y contribuyes a reducir el impacto ambiental y las emisiones, también calificarás para esta deducción del 100%.
Además, si estás en el negocio de la distribución de energía eléctrica a clientes comerciales o industriales que están desconectados de la red de distribución eléctrica, podrás considerar los gastos de construcción de nuevas redes e infraestructuras como deducibles en tu declaración de impuestos. Sin embargo, deberás obtener la aprobación de las empresas eléctricas distribuidoras de tu área.
Para los emprendedores y negocios populares que operan bajo el Régimen Especial de Impuesto a la Renta para Emprendedores (RIMPE), la base imponible de impuesto a la renta se calculará tomando en cuenta los ingresos brutos, es decir, los ingresos gravados percibidos por el negocio, menos los descuentos, devoluciones y los sueldos pagados a los empleados afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Cambios en el Impuesto a la Salida de Divisas para la Banca Privada en el 2025
A partir del 11 de febrero de 2025, se implementarán reformas importantes en relación con el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que afectarán a la banca privada que opera exclusivamente con capital privado. Estas reformas se aplicarán a las siguientes operaciones:
Pagos al exterior por créditos internacionales
La banca privada estará sujeta al pago del ISD en los pagos realizados al exterior para amortizar el capital y los intereses generados por créditos otorgados por instituciones financieras internacionales, así como entidades no financieras especializadas que estén debidamente calificadas por las autoridades de control en Ecuador.
Pagos al exterior por inversiones extranjeras:
También se aplicará el ISD en los pagos realizados al exterior por concepto de rendimientos financieros, ganancias de capital y el capital invertido en depósitos a plazo fijo o inversiones en instituciones del sistema financiero nacional, siempre que los recursos provengan del exterior.
Estas medidas tienen como objetivo regular y gravar las transacciones financieras realizadas por la banca privada que involucran movimientos de divisas hacia el exterior. Estas reformas pretenden asegurar una adecuada fiscalización y cumplimiento tributario en estas operaciones, contribuyendo así a la estabilidad y transparencia del sistema financiero en Ecuador a partir del año 2025.
Reformas vigentes a partir de febrero de 2024
Cambios en la tarifa del IVA para vehículos eléctricos
A partir de esta fecha, la tarifa del 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) no será aplicable a los vehículos eléctricos que utilicen sistemas de autogeneración con fuentes de combustión interna.
Tarifa 0% de IVA para equipos y accesorios solares y plantas de tratamiento de aguas residuales
Por otro lado, la tarifa del 0% de IVA se mantendrá para equipos y accesorios destinados a la generación de energía solar fotovoltaica, así como para las plantas diseñadas para el tratamiento de aguas residuales.
Cambios en la exención del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para vehículos eléctricos
Los vehículos eléctricos que empleen sistemas de autogeneración con fuentes de combustión interna quedarán excluidos de la exención del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
Estas reformas, que entrarán en vigencia a partir de febrero de 2024, buscan establecer políticas fiscales que fomenten la adopción de vehículos eléctricos y promuevan el uso de energía solar y la gestión de aguas residuales, al mismo tiempo que ajustan la tributación de manera acorde a las tecnologías y fuentes de energía utilizadas en estos sectores.
Este artículo resume todas las reformas tributarias hasta el día de hoy, proporcionando una visión completa y detallada de los cambios legislativos en Ecuador, en lo que va del año 2024.
Si deseas obtener más información sobre estas reformas fiscales o tienes alguna pregunta relacionada, no dudes en contactarnos en info@lmzabogados.com. Estamos aquí para ayudarte a entender mejor estas regulaciones y cómo pueden afectar tu situación específica. ¡No dudes en comunicarte con nosotros!
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