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Auditorías Externas: Cumplimiento Legal en Prevención de Delitos Financieros

La Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2024-0005, publicada en el Registro Oficial número 546 el 26 de abril de 2024, establece los lineamientos para informes de auditoría externa sobre prevención de lavado de activos.


Objetivo

El objetivo es fijar requisitos mínimos para Auditores Externos calificados por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y definir procedimientos para elaborar y enviar informes de auditoría sobre prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos.


Requisitos y Prohibiciones para Auditores Externos

Antes de contratar, el sujeto obligado debe requerir al oficial de cumplimiento:

  • Validez en el Registro Nacional de Auditores Externos.

  • Al menos 3 años de experiencia en auditorías externas para sujetos bajo supervisión de la Superintendencia, en prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos.


Prohibiciones incluyen:

  • Vinculación estructural con el sujeto obligado.

  • Litigios pasados o pendientes por delitos financieros.

  • Registro en actividades ilegales.

  • Conflictos de interés.


Responsabilidades del Auditor Externo

El auditor externo debe:

  • Utilizar técnicas y procedimientos de auditoría confiables.

  • Emitir opinión sobre controles y cumplimiento del sujeto obligado.

  • Verificar la adopción y ejecución del sistema de prevención de delitos financieros.


Contenido del informe

El auditor externo debe verificar:

  • Criterios y procedimientos para identificar clientes.

  • Identificación del cliente según perfil de riesgos.

  • Políticas y procedimientos para verificar expedientes de identificación y reclasificación por cambios significativos.


Otras disposiciones

  • La revisión no incluye acceso a información reservada.

  • El informe debe ser realizado por un auditor distinto al de revisión financiera anual.

  • Se requiere reserva y confidencialidad de la información revisada.

  • El informe debe ser cargado en el portal de la Superintendencia según cronograma establecido.

  • Se requiere conservar información y documentación durante 10 años.


Para más información, no dude en contactarnos



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