Nos complace informarles la importante resolución del Servicio de Rentas Internas, que introduce normativas específicas para la contabilidad y la conservación de registros contables en sociedades que no están sujetas a control. Dicha resolución NAC-DGERCGC24-00000015, fechada el 15 de abril, está disponible en el Registro Oficial.
Detalles Claves de la Nueva Normativa:
1.Sistema de Contabilidad
Las sociedades que no cuentan con un órgano de control, o aquellas en las cuales el órgano existente no ha dictado normas contables, ahora deben implementar el sistema de partida doble.
2. Idioma y Moneda:
La contabilidad debe realizarse en español y todas las cifras deben expresarse en dólares estadounidenses.
3. Normas Internacionales:
Deben aplicarse las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades, garantizando así un estándar global de prácticas contables.
4. Sujetos Obligados y Obligaciones de Conservación de Registros:
Es mandatorio mantener la información contable por un mínimo de siete años. Esta responsabilidad recae sobre:
Los individuos que desempeñaron roles clave en la gestión contable.
Los fiduciarios que sean residentes fiscales en Ecuador y que administren fideicomisos extranjeros o estructuras legales similares deben también retener los registros contables durante al menos siete años, incluso si ya no ocupan dichas funciones.
Estas medidas aseguran la transparencia y la adecuada gestión financiera, reforzando la integridad y la confianza en el sistema empresarial ecuatoriano.
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