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Personas y empresas podrán presentar alertas de corrupción ante la Secretaría de Integridad Pública

  • Foto del escritor: Ab. Sheyla Cuenca
    Ab. Sheyla Cuenca
  • hace 2 horas
  • 2 Min. de lectura

Mediante el Decreto Ejecutivo N.º 377, emitido por el Presidente de la República, se amplían las atribuciones de la Secretaría General de Integridad Pública. La reforma faculta al órgano para receptar alertas sobre presuntos actos de corrupción y coordinar acciones preventivas con las entidades competentes del sector público.


Nuevas atribuciones de la Secretaría General de Integridad Pública

El Decreto Ejecutivo N.º 377 reforma el Decreto Ejecutivo N.º 249 para otorgar a la Secretaría la potestad expresa de:

  • Receptar alertas sobre presuntos actos de corrupción provenientes de personas naturales o jurídicas, tanto del sector público como del privado.

  • Coordinar y articular con las instituciones competentes del sector público las acciones necesarias, con fines preventivos y para fortalecer la Política Nacional de Integridad Pública.

  • Verificar información en fuentes abiertas de acceso público para la detección temprana de irregularidades.


Cambios en la estructura institucional

El decreto contempla, adicionalmente:

  • La creación de la Dirección de Análisis y Seguimiento de Alertas dentro de la estructura de la Presidencia de la República.

  • Un rediseño de la estructura organizacional de la Presidencia.


Plazos de implementación

  • Se otorga un término de 60 días a la Secretaría General Administrativa de la Presidencia, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Economía para ajustar la estructura orgánica.

  • El decreto entró en vigencia a partir de su suscripción el 7 de mayo de 2026.


Alineación con marcos de política pública

El decreto se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2029, orientado a fortalecer la institucionalidad pública en términos de transparencia y eficiencia, así como en compromisos asumidos mediante tratados internacionales en materia de integridad y lucha contra la corrupción.


Alcance de las facultades de la Secretaría

La Secretaría General de Integridad Pública mantiene facultades exclusivamente de:

  • Prevención

  • Gestión

  • Coordinación

  • Recepción de denuncias

  • Expedición de normas técnicas


Las funciones de investigación, sanción y control se mantienen en los órganos competentes, entre ellos la Contraloría General del Estado, la Fiscalía General del Estado y los órganos de disciplina interna de cada institución.


El equipo de Meythaler & Zambrano Abogados asesora a clientes sobre el alcance de este nuevo marco normativo y las funciones específicas de la Secretaría General de Integridad Pública, incluyendo el acompañamiento en casos que ameriten el levantamiento de alertas preventivas ante este organismo.


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