En este artículo, ofrecemos un análisis de la Guía 2024 del Departamento de Justicia de EE. UU. para la evaluación de programas de cumplimiento corporativo. Con un enfoque claro y detallado, comparamos esta normativa internacional con la regulación ecuatoriana, subrayando las diferencias en cuanto a la rigurosidad y profundidad de los sistemas de compliance.
Resumimos los elementos clave que el Departamento de Justicia de EE. UU. (DOJ) considera esenciales para un programa de cumplimiento efectivo, e incluímos una mirada práctica a la implementación de estos sistemas, enfatizando la importancia de la revisión periódica y las auditorías internas.
Dado el alcance limitado de la normativa ecuatoriana en esta área, las empresas locales podrían beneficiarse significativamente al adoptar los altos estándares establecidos por el DOJ, lo que proporcionaría una mayor protección frente a riesgos legales, financieros y reputacionales.
Diseño del Programa de Cumplimiento
La guía del DOJ subraya la importancia de un programa bien diseñado y adaptado a los riesgos específicos de cada empresa. Las preguntas clave incluyen:
Identificación y Evaluación de Riesgos:
¿El programa identifica y evalúa los riesgos específicos del sector y el entorno operativo de la empresa?
¿Se actualizan los riesgos regularmente, considerando factores como las nuevas tecnologías (por ejemplo, IA) y cambios regulatorios?
Políticas y Procedimientos:
¿La empresa dispone de políticas claras para abordar los riesgos identificados?
¿Las políticas están actualizadas y alineadas con las operaciones diarias?
¿Existe un código de conducta que refleje los valores y expectativas de comportamiento?
Capacitación y Comunicación:
¿Los empleados y terceros reciben capacitación continua adaptada a sus roles?
¿Se comunican de manera efectiva las políticas de compliance en todos los niveles de la empresa?
Mecanismos de Denuncia y Orientación:
¿Existen canales de denuncia confidenciales y accesibles?
¿Se proporciona orientación adecuada para que los empleados actúen ante posibles infracciones?
Gestión de Terceros:
¿El programa incluye políticas específicas para la selección, contratación y supervisión de terceros, como proveedores y socios?
¿Se realiza una debida diligencia en estas relaciones?
Fusiones y Adquisiciones:
¿El programa se aplica en procesos de fusiones y adquisiciones?
¿Se realiza una investigación de compliance en cada fase de la transacción?
Funcionamiento en la Práctica del Programa de Cumplimiento
Finalmente, el DOJ enfatiza la importancia de auditar y revisar continuamente el programa de compliance para garantizar su efectividad:
Pruebas y mejoras continuas:
¿El programa de compliance es objeto de revisiones periódicas para garantizar su efectividad?
¿La empresa realiza auditorías internas o independientes para evaluar la implementación y eficacia del programa?
Investigación de infracciones:
¿La empresa cuenta con procesos efectivos para investigar posibles infracciones del programa de compliance?
¿Las investigaciones son imparciales, oportunas y bien documentadas?
Análisis y corrección de infracciones subyacentes:
¿Se analizan y corrigen las causas subyacentes de las infracciones para evitar que vuelvan a ocurrir?
¿La empresa utiliza las lecciones aprendidas para mejorar el programa de compliance?
Conclusiones
La guía del Departamento de Justicia de EE. UU. destaca la importancia de contar con un programa de compliance flexible, proactivo y adaptado a los riesgos específicos de cada empresa. En Ecuador, la normativa en esta área es menos detallada y extensa, por lo que adoptar los estándares y recomendaciones del DOJ puede ofrecer una protección más robusta y efectiva frente a riesgos legales y financieros.
Si deseas implementar un programa de compliance eficaz en tu empresa, contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte a asegurar un cumplimiento sólido y eficiente.
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