Nueva Guía SERCOP: Sostenibilidad obligatoria en Contratación Pública
- Sheyla Cuenca
- 16 jun
- 4 Min. de lectura
A partir del 3 de junio de 2025, la contratación pública en Ecuador incorpora un enfoque más responsable y sostenible. Mediante la Resolución Nro. R.E-SERCOP-2025-0150, el Servicio Nacional de Contratación Pública ha aprobado la “Guía para la Aplicación de Criterios de Sostenibilidad en los Procedimientos de Contratación Pública”, un instrumento técnico de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado.
Esta Guía dispone que, desde la fase preparatoria de cada proceso, se deberá incluir al menos un criterio de sostenibilidad, con enfoque ambiental, social o económico.
El presente documento resume los aspectos más relevantes de la Guía, incluyendo:
Alcance y aplicación de la normativa.
Definición y contribución de las compras públicas sostenibles.
Principios rectores que orientan su implementación.
Criterios de sostenibilidad exigibles y ejemplos de evidencia habilitante.
Evaluación técnica de las ofertas bajo la metodología “Cumple / No cumple”.
Desarrollo del enfoque sostenible en el Informe de Necesidad.
Además de alinearse con los Objetivos de Desarrollo Sostenible —especialmente la meta 12.7—, esta reforma busca asegurar que el gasto público genere impactos positivos en el entorno, en las comunidades y en la economía local, fortaleciendo así una contratación pública más eficiente, equitativa y sostenible.
¿A quiénes aplica la Guía?
La Guía para la Aplicación de Criterios de Sostenibilidad es de cumplimiento obligatorio en la fase preparatoria de los siguientes procedimientos de contratación pública:
Subasta Inversa Electrónica
Menor Cuantía
Cotización
Licitación
Dentro de esta fase, se deberá aplicar la Guía en:
Determinación de la necesidad
Estudios técnicos
Especificaciones técnicas
Términos de referencia
Elaboración de pliegos
Importante: Todos estos procesos deberán incorporar al menos un (1) criterio de sostenibilidad, con enfoque ambiental, económico o social, como parte integral de la documentación preparatoria.
¿Qué son las compras públicas sostenibles?
Las compras públicas sostenibles son aquellas que integran criterios ambientales, sociales y económicos a lo largo de todo el proceso contractual, promoviendo el desarrollo sostenible del país. Implementar esta visión permite:
Usar los recursos públicos de manera más responsable
Incentivar prácticas empresariales éticas y responsables
Promover la equidad social y el empleo digno
Fortalecer economías locales sostenibles
El cumplimiento de la Guía busca que las contrataciones públicas estén alineadas con los principios de eficiencia, eficacia y transparencia, así como con los nuevos principios rectores, como:
Valor por dinero
Consumo sostenible
Necesidad justificada
Y contribuye directamente a cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente la meta 12.7.
Criterios de sostenibilidad exigibles
La Guía establece tres dimensiones de sostenibilidad, cada una acompañada de ejemplos de evidencias que pueden ser solicitadas por la entidad contratante:
1. Criterios ambientales
| 2. Criterios económicos
|
3. Criterios sociales
| 4. Otros criterios complementarios
|
¿Cómo se evalúa el criterio de sostenibilidad?
La entidad contratante podrá establecer uno o más criterios de sostenibilidad en los pliegos del procedimiento. No obstante, bastará con que el proveedor cumpla al menos uno de ellos para que su propuesta sea considerada válida. La verificación se realizará bajo la metodología de evaluación “Cumple / No cumple”.
Principios rectores de las compras públicas sostenibles
Además de los principios generales previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), la Guía introduce los siguientes principios específicos para una contratación sostenible:
Transparencia: Procesos claros, accesibles y fiscalizables
Valor por dinero: Decisiones basadas en costo, calidad y sostenibilidad
Consumo sostenible: Uso eficiente de los recursos y reducción de impactos ambientales
Necesidad justificada: Contrataciones sustentadas en una planificación adecuada
Gestión de riesgos y oportunidades: Evaluación de impactos a corto, mediano y largo plazo
No discriminación, equidad y proporcionalidad: Competencia justa e inclusiva
Rendición de cuentas: Responsabilidad sobre los impactos generados
Cómo incorporar el enfoque sostenible en la determinación de la necesidad
El Informe de Necesidad deberá incluir una sección específica titulada “Identificación de la necesidad con enfoque sostenible”, en la que la entidad contratante analice los posibles impactos ambientales, sociales y económicos asociados al objeto contractual, considerando tanto su ciclo de vida como el entorno en el que se ejecutará.
A partir de este análisis, la entidad deberá:
Seleccionar el criterio de sostenibilidad más pertinente entre los establecidos en la Guía.
Justificar técnicamente su inclusión, explicando cómo dicho criterio contribuirá a mitigar impactos negativos o potenciar impactos positivos durante el proceso de contratación.
Para facilitar esta tarea, la Guía ofrece:
Preguntas orientadoras, que permiten reflexionar sobre el contexto, los objetivos del proceso y las necesidades institucionales.
Una ficha técnica de apoyo metodológico, cuyo uso es opcional pero recomendable para estructurar el análisis.
La inclusión del criterio de sostenibilidad deberá:
Estar alineada con la naturaleza del objeto contractual.
Ser documentada de manera clara, verificable y sustentada dentro del expediente del procedimiento.
Esta justificación será clave para la evaluación posterior y para garantizar el cumplimiento efectivo del enfoque sostenible a lo largo del ciclo de contratación pública.
Conclusiones
A partir del 3 de junio de 2025, todas las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Contratación Pública deberán aplicar al menos un criterio de sostenibilidad en la fase preparatoria de los procedimientos de contratación, en cumplimiento de la Guía aprobada mediante Resolución Nro. R.E-SERCOP-2025-0150.
El cumplimiento de esta obligación debe estar documentado con evidencia verificable, cuya revisión y validación corresponde a cada entidad contratante. La omisión o incorrecta aplicación de estos criterios podría afectar la validez del proceso e incluso derivar en responsabilidades administrativas para los funcionarios involucrados.

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