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Sector Privado: Nuevas Oportunidades en Interoperabilidad de Datos Públicos

Ab. Denisse Unda Saldivia

 

Estimados amigos y clientes,


En este boletín queremos compartir con ustedes las últimas reformas al Reglamento del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos en Ecuador. Estas modificaciones se realizaron a través del Decreto Nro. 398, emitido el 19 de septiembre de 2024 por el Presidente de la República y publicado en el Registro Oficial el 25 de septiembre de 2024.


A continuación, les explicamos cómo estas reformas afectan la interoperabilidad de las bases de datos públicas y privadas, y las medidas adicionales para proteger los datos personales:


Interoperabilidad de las Bases de Datos Públicas (Artículo 14 modificado)

Antes de la reforma, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP) era responsable de asegurar que las bases de datos públicas fueran interoperables, es decir, que se pudieran interconectar de manera segura para ofrecer servicios a los ciudadanos y a instituciones públicas.


Ahora, la reforma mantiene la responsabilidad de la DINARDAP de asegurar la interoperabilidad de las bases de datos públicas, pero añade una novedad clave: las instituciones privadas ahora pueden acceder a este servicio si cumplen con tres requisitos: 

  1. Respetar las normas de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP).

  2. Cumplir con requisitos adicionales que establezca la DINARDAP.

  3. Pagar una tarifa por el acceso a la información.


Este cambio moderniza el sistema de registros públicos al permitir una mayor participación del sector privado, garantizando siempre la protección adecuada de los datos personales conforme a la Ley de Protección de Datos Personales (LOPDP).


Nota: La DINARDAP es la institución del gobierno de Ecuador que gestiona y regula el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos. Se encarga de asegurar que las bases de datos públicas sean accesibles y seguras, cumpliendo con la Ley de Protección de Datos Personales. Su labor facilita el acceso a la información tanto para ciudadanos como para instituciones públicas y privadas, garantizando la protección de los datos personales.


Ficha de Registro Único del Ciudadano (Artículo 16 modificado)

Antes, la DINARDAP gestionaba una ficha con información de cada ciudadano disponible a través de un portal seguro o en formato físico.


Con la reforma, se han establecido reglas más estrictas para proteger los datos personales. Ahora, el acceso a esta ficha estará sujeto a la LOPDP y las directrices de la Autoridad de Protección de Datos y DINARDAP, reforzando así la seguridad y confidencialidad, especialmente cuando se trate de información sensible.


Impacto para el Sector Privado

Las empresas que deseen acceder a la interoperabilidad de los registros públicos deben ahora prepararse para cumplir con las normativas de protección de datos, no solo a nivel operativo, sino también adoptando prácticas conforme a las exigencias de la LOPDP y su Reglamento, las cuales incluyen la implementación de medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos de los ciudadanos.

 

Plazo de implementación

El Decreto otorgar un plazo de 120 días a partir de su expedición para que la DINARDAP adopte la normativa interna necesaria y elabore un plan de mejora de las herramientas tecnológicas que viabilicen la ejecución del decreto.


Conclusión

Estas reformas tienen como objetivo mejorar el acceso y la interoperabilidad de la información pública, permitiendo la participación del sector privado sin comprometer la seguridad de los datos personales. Es crucial que las instituciones tanto públicas como privadas se adapten a los nuevos requisitos para acceder a los registros y manejar los datos de manera responsable.


Para cualquier duda o aclaración sobre cómo estas reformas podrían afectar a su empresa, no duden en contactarnos.



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Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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