Registro Oficial Nº 108 - Suplemento, de 26 de diciembre de 2019.
Estimados Amigos y Clientes:
Ponemos en su conocimiento que el SRI ha resuelto ACTUALIZAR LOS RANGOS DE LAS TABLAS ESTABLECIDAS PARA LIQUIDAR EL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES, SUCESIONES INDIVISAS, INCREMENTOS PATRIMONIALES PROVENIENTES DE HERENCIAS, LEGADOS, DONACIONES, HALLAZGOS Y TODO TIPO DE ACTO O CONTRATO POR EL CUAL SE ADQUIERA EL DOMINIO A TÍTULO GRATUITO, DE BIENES Y DERECHOS PARA EL PERÍODO FISCAL 2020.
De conformidad con los literales a) y d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, los rangos de las tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta serán actualizados conforme la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año, ajuste que incluirá la modificación del impuesto sobre la fracción básica de cada rango.
De acuerdo a la información publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), la variación anual del índice de Precios del Consumidor del Área Urbana a noviembre de 2019, es de 0,04%.
En efecto, se actualizan las tablas de la siguiente manera:
1. Personas naturales y sucesiones indivisas.- Los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta para los ingresos percibidos por las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio fiscal 2020, son los siguientes:
Fracción Básica Exceso hasta Impuesto sobre fracción básica % impuesto fracción excedente
0 11.315,00 - 0%
11.315,01 14.416,00 - 5%
14.416,01 18.018,00 155 10%
18.018,01 21.639,00 515 12%
21.639,01 43.268,00 950 15%
43.268,01 64.887,00 4.194 20%
64.887,01 86.516,00 8.518 25%
86.516,01 115.338,00 13.925 30%
115.338,01 En adelante 22.572 35%
2. Herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos.- Los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta por incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, correspondientes al ejercicio fiscal 2020, son los siguientes:
Fracción Básica Exceso hasta Impuesto sobre fracción básica % impuesto fracción excedente
0 72.090,00 - 0%
72.090,01 144.180,00 - 5%
144.180,01 288.361,00 3.605 10%
288.361,01 432.571,00 18.023 15%
432.571,01 576.772,00 39.654 20%
576.772,01 720.952,00 68.494 25%
720.952,01 865.113,00 104.539 30%
865.113,01 En adelante 147.787 35%
3. La antedicho entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2020.
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