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SRI limita el uso de notas de crédito: claves de la reforma 2026 y su impacto tributario

  • Foto del escritor: Ab. Gabriel Pinto
    Ab. Gabriel Pinto
  • 10 abr
  • 3 Min. de lectura

El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 de 31 de marzo de 2026, reformó la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000051, que regula el procedimiento para la emisión, endoso, utilización y anulación de notas de crédito.


Esta reforma introduce cambios relevantes en el uso de las notas de crédito desmaterializadas, particularmente en lo relativo a la extinción de obligaciones tributarias y la administración de saldos disponibles.


Sustento normativo

La resolución se fundamenta en los principios constitucionales del régimen tributario —suficiencia recaudatoria, eficiencia, transparencia y sostenibilidad fiscal—, así como en las disposiciones del Código Tributario que reconocen a las notas de crédito como mecanismo de extinción de obligaciones.


Asimismo, se apoya en la facultad del SRI para regular la forma, condiciones y oportunidad de utilización de estos instrumentos dentro del marco de la administración tributaria.


Nuevo esquema: registro de saldos en cuentas de título valor

La reforma incorpora la figura del saldo disponible en el estado de cuenta de título valor, compuesto por las anotaciones derivadas de las notas de crédito desmaterializadas.


Este saldo será gestionado a través del portal “SRI en línea”, permitiendo al contribuyente un control actualizado y centralizado de los valores disponibles para su utilización.


Uso de notas de crédito para extinguir obligaciones

Se establece que el saldo disponible podrá utilizarse para extinguir total o parcialmente obligaciones tributarias —incluyendo multas e intereses— administradas por el SRI.


No obstante, este proceso deberá realizarse exclusivamente a través de los canales electrónicos habilitados, asegurando trazabilidad y control sobre los saldos aplicados.


Límite al uso: hasta el 60% por declaración

Uno de los cambios más relevantes es la introducción de un límite:los contribuyentes solo podrán utilizar notas de crédito hasta un máximo del 60% del valor a pagar en cada declaración tributaria, debiendo cubrir el porcentaje restante mediante otros medios de pago.


Esta restricción no aplica a las notas de crédito originadas en el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que mantienen su régimen específico.


Automatización y control del sistema

La reforma fortalece el control por parte de la Administración Tributaria mediante la implementación de validaciones automáticas en el sistema de recepción de declaraciones.


En los casos en que exista una prohibición legal para el uso de notas de crédito, el sistema bloqueará su aplicación de forma directa, eliminando la discrecionalidad del contribuyente y reduciendo riesgos de errores o contingencias.


Adicionalmente, se elimina el artículo 10 de la normativa anterior, en línea con un proceso de simplificación y actualización del marco regulatorio.


Implicaciones prácticas para los contribuyentes

Las modificaciones tienen un impacto directo en la planificación tributaria y la gestión de liquidez, al restringir el uso de notas de crédito como mecanismo de compensación.


En la práctica:

  • Se reduce la posibilidad de compensar obligaciones íntegramente con créditos tributarios.

  • Se incrementa la necesidad de pago en efectivo.

  • Se exige una planificación más estratégica del uso de saldos acumulados.


Asimismo, se refuerza el control administrativo, promoviendo mayor disciplina fiscal y reduciendo el uso indiscriminado de estos instrumentos.


Vigencia

La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial.Sin embargo, la disposición relativa a la extinción de obligaciones tributarias será aplicable desde el 1 de mayo de 2026.


En Meythaler & Zambrano Abogados brindamos asesoría especializada para evaluar el alcance de esta reforma, anticipar sus efectos en la operación tributaria de cada contribuyente y diseñar estrategias para una gestión más eficiente y segura de sus notas de crédito y obligaciones fiscales.



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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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