Por: Ab. Karina Loza
Jefe del Departamento Regulatorio
Estimados Amigos y Clientes:
Nos permitimos poner en su conocimiento que el Ministerio de Salud Pública, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0009 - 2020, resolvió ampliar por treinta días el Estado de Emergencia Sanitaria en todos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, en los servicios de laboratorio, unidades de epidemiología y control, ambulancias aéreas, servicios de médicos y paramédicos, hospitalización y consulta externa, con la finalidad de que el sector de la salud cuente con todos los mecanismos necesarios que permitan su fortalecimiento frente a la pandemia suscitada por el COVID-19. Por tanto, el Ministerio de Salud Pública ha ratificado parcialmente lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nro. 1026, de 16 de marzo de 2020:
Los establecimientos de salud pertenecientes a la Red Pública Integral de Salud continuarán con los procesos implementados para priorización de recursos económicos considerados necesarios a fin de afrontar la emergencia sanitaria.
Se mantendrá activa la mesa técnica de respuesta frente al COVID-19 conformada por los establecimientos de salud públicos y privados.
Los establecimientos de salud públicos y privados continuarán con los procesos de notificación ante la Autoridad Sanitaria de todos los pacientes que presenten síntomas o afecciones relacionadas al COVID-19.
Todos los establecimientos de salud tanto públicos como privados seguirán garantizando la atención medica prioritaria y disponibilidad de recursos diagnóstico y tratamiento integral a todos los usuarios o pacientes relacionados con el COVID-19.
La Autoridad Sanitaria Nacional seguirá estando a cargo de actualización y emisión de lineamientos sanitarios y medidas de prevención de contagio del COVID-19 para eventos de afluencia masiva (i) actualización y emisión de protocolos (ii) normas técnicas (iii); y demás instrumentos necesarios para afrontar la Emergencia Sanitaria.
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria-ARCSA-, continuará con los procedimientos de actualización de regulaciones relacionadas con medicamentos y dispositivos médicos.
Se mantendrá activa la mesa de trabajo 2 de Comité de Operaciones de Emergencia a nivel nacional.
Se mantiene la prohibición empresas de seguros de salud privada y a empresas de medicina pre-pagada que limiten la cobertura para la adecuada evaluación, atención y tratamiento al usuario-paciente afectado por el COVID-19.
Se mantienen las modalidades de trabajo y educación (teletrabajo, teleducación) implementadas hasta el momento.
Vigencia. - El presente Acuerdo Ministerial se encuentra vigente a partir de su publicación en Registro Oficial, el 13 de mayo de 2020.
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