Regulación para la Operación Aduanera de Traslado de Mercancías
- Gabriel Pinto
- 17 mar
- 3 Min. de lectura

¿Quieres conocer la reforma que puede transformar tu operación aduanera?
El 28 de febrero de 2025, el SENAE actualizó la normativa que regula el traslado de mercancías aduaneras, modernizando procesos, fortaleciendo la seguridad y abriendo nuevas oportunidades en el comercio exterior. Esta actualización es crucial para quienes buscan eficiencia y cumplimiento normativo en un entorno global cada vez más exigente.
Seguridad reforzada para una operación sin contratiempos
La verificación del PEMA, antes exclusiva de operadores específicos como depósitos y ferias internacionales, ahora se extiende a zonas de distribución, zonas primarias y zonas francas. Con este cambio, se minimizan riesgos y se mantiene la aplicación de multas en caso de incumplimiento, garantizando un control más riguroso.
Traslado planificado: Más opciones para expandir tus operaciones
La reforma amplía el alcance del traslado planificado. Ya no se limita a mercancías descargadas en el país; ahora incluye aquellas destinadas al exterior, permitiendo traslados entre ZEDES y zonas francas. Este cambio abre la puerta a nuevas rutas logísticas y optimiza los procesos de exportación, con documentación simplificada mediante DAE o SAS.
Simplificación de trámites: Menos papeleo, más resultados
La posibilidad de utilizar la Solicitud de Autorización de Salida (SAS) en lugar del número de declaración aduanera agiliza significativamente los procesos. Además, se incorporan requisitos esenciales –la placa del vehículo y el RUC del transportista– para un control más preciso. En ciertos traslados, basta con registrar la operación, eliminando trámites innecesarios.
Flexibilidad en correcciones y registros
Ya no tendrás que preocuparte por multas si necesitas corregir la solicitud o el registro de traslado. Las correcciones se podrán efectuar sin sanción, siempre que se realicen antes del inicio del traslado o la salida de la mercancía de la instalación autorizada. Esta medida otorga mayor margen de maniobra para mantener la exactitud de tus operaciones.
Nuevos actores, nuevas responsabilidades
La reforma reconoce el rol esencial de transportistas y agentes de carga. Ahora, además de los operadores tradicionales, estos actores pueden gestionar la solicitud y el registro del traslado. Esto favorece una mayor colaboración y precisión en el cumplimiento normativo, asegurando que cada operación se realice de manera correcta y transparente.
Eliminación de exenciones: Todos bajo el mismo estándar
Anteriormente, ciertos traslados estaban exentos de presentar la solicitud. Con la nueva norma, ningún traslado quedará exento, lo que significa mayor uniformidad y transparencia en cada operación, clave para evitar irregularidades y sanciones.
Inspección aduanera y traslados de corta duración
El aforo, o inspección aduanera, se trasladará al distrito aduanero de embarque, mientras que en situaciones de riesgo se realizará en el distrito de origen. Además, se han establecido detalles precisos para traslados de corta duración, garantizando que cada operación se registre con exactitud, eliminando excepciones que antes podían generar dudas.
Unifica y moderniza tu operación aduanera
La recepción de mercancías también se ha estandarizado: tanto zonas francas como ZEDES deberán notificar de manera uniforme cualquier inconveniente con el PEMA, permitiendo una respuesta más rápida y coordinada.

En resumen, esta reforma representa una oportunidad única para optimizar y modernizar tus procesos aduaneros. Si buscas reducir riesgos, agilizar trámites y asegurar el cumplimiento normativo en el comercio exterior, ahora es el momento de adaptarte a estas nuevas disposiciones.
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