Pronósticos deportivos en Ecuador: nuevas reglas para operar, publicitar y cumplir
- Dra. Catalina Vásconez

- 17 jun
- 4 min de lectura
El mercado de pronósticos deportivos en Ecuador entra en una nueva etapa regulatoria. Las empresas que operan plataformas de pronósticos, así como quienes les prestan servicios tecnológicos, financieros, publicitarios o comerciales, deberán revisar si su estructura actual cumple con las nuevas exigencias legales.
El 16 de junio de 2026, se publicó en el Registro Oficial el Reglamento General a la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, que establece el primer marco regulatorio integral para operadores de pronósticos deportivos en Ecuador. La normativa introduce requisitos para obtener licencia, operar plataformas digitales, acreditar capacidad financiera, cumplir obligaciones tributarias, implementar controles de prevención de lavado de activos, proteger datos personales y revisar campañas publicitarias.
En términos prácticos, la regulación ya no se limita al pago de impuestos. Ahora exige una revisión integral de la operación: desde la estructura societaria y el objeto social, hasta los dominios, marcas, plataformas tecnológicas, medios de pago, políticas de juego responsable y contratos con terceros.
¿Quiénes deben prestar atención a esta regulación?
La normativa es relevante para operadores nacionales y extranjeros de pronósticos deportivos, plataformas digitales, empresas de tecnología, agencias de marketing, influencers, medios de pago, y grupos empresariales interesados en ingresar o permanecer en este mercado.
También es importante para compañías que actualmente operan en Ecuador sin una estructura local completamente formalizada, ya que deberán revisar si cumplen con los requisitos necesarios para solicitar y mantener la licencia correspondiente.
Licencia obligatoria para operar
El Reglamento establece que la licencia es el título habilitante para operar pronósticos deportivos en Ecuador. Esta licencia tendrá una vigencia de cinco años renovables, conforme las condiciones previstas por la normativa aplicable.
Costo anual de la licencia
El costo anual de la licencia asciende a 655 salarios básicos unificados, equivalente a USD 315.710 para el año 2026. Este valor deberá ser considerado por los operadores dentro de su planificación financiera, regulatoria y de entrada o permanencia en el mercado ecuatoriano.
Obtención de la licencia
Para obtenerla, los operadores deberán cumplir requisitos jurídicos, financieros, técnicos y operativos. Entre ellos, se incluyen la acreditación de existencia legal, representación válida, objeto social compatible, cumplimiento tributario, capacidad patrimonial, titularidad o licencia de uso de marcas, dominio de la plataforma y certificaciones técnicas.
En el caso de operadores extranjeros, la normativa exige la domiciliación de una sucursal en Ecuador, lo que implica revisar estructuras societarias, gobierno corporativo, riesgos tributarios y obligaciones locales permanentes.
Compliance, datos personales y prevención de riesgos
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo régimen es que la operación de pronósticos deportivos queda vinculada a obligaciones de compliance.
Los operadores deberán contar con controles relacionados con:
La implementación de sistemas de prevención del lavado de activos.
Esquemas de supervisión y trazabilidad de las transacciones.
Presentación de reportes obligatorios ante la UAFE.
Políticas de protección de datos personales.
Controles reforzados para pagos electrónicos.
Mecanismos de validación de identidad y edad.
Políticas de juego responsable y autoexclusión.
Esto implica que las empresas no solo deberán obtener una licencia, sino también demostrar que cuentan con políticas, manuales, procesos internos y sistemas tecnológicos adecuados para operar bajo el nuevo marco regulatorio.
Prohibición de regularizarse mediante estructuras alternativas
La normativa también incorpora mecanismos orientados a prevenir fraudes o evasiones al régimen de licenciamiento, prohibiendo que operadores no regularizados intenten posteriormente ingresar al mercado mediante nuevas compañías, cesiones de activos, cambios societarios o estructuras equivalentes.
Operadores que ya se encontraban activos
La normativa también prevé reglas para quienes ya venían operando plataformas digitales de pronósticos deportivos en el país. En particular, el Reglamento establece un régimen transitorio de noventa (90) días para los operadores que ya prestaban servicios en Ecuador antes de su entrada en vigencia.
Durante este período, estos operadores deberán presentar su solicitud de licencia y acreditar el cumplimiento tributario correspondiente a los últimos tres ejercicios fiscales.
Entre los aspectos que deberán verificarse están:
Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos (IRUPD)
IVA
Retenciones aplicables sobre premios
Documentación societaria, estados financieros, capacidad patrimonial y requisitos técnicos de la plataforma.
Publicidad, influencers y terceros comerciales
La regulación también impacta las campañas de marketing y publicidad.
Las empresas deberán revisar que sus comunicaciones comerciales no estén dirigidas a menores de edad, no contengan mensajes engañosos o que induzcan a error, y no promocionen operadores no autorizados. Además, los influencers únicamente podrán promocionar operadores licenciados.
Esto es especialmente relevante para agencias de publicidad, influencers, embajadores de marca, medios digitales y empresas que desarrollen campañas comerciales vinculadas a pronósticos deportivos.
En este contexto, los contratos de marketing, cumplimiento publicitario y supervisión de terceros deberán ajustarse a las obligaciones legales y regulatorias aplicables.
Suspensión, revocatoria y bloqueo
El nuevo régimen otorga amplias facultades regulatorias al Estado ecuatoriano.
Las licencias podrán ser suspendidas o revocadas por incumplimientos regulatorios, tributarios o vinculados a lavado de activos.
Además, el Estado podrá ordenar:
bloqueo de dominios;
suspensión de plataformas;
interrupción de medios de pago; y,
restricciones sobre transacciones financieras.
Estas medidas podrán ejecutarse coordinadamente con autoridades tributarias, financieras y de telecomunicaciones.
En consecuencia, operar sin regularización representa actualmente un riesgo jurídico, financiero y reputacional significativamente mayor.
¿Cómo podemos ayudar?
En M&Z Abogados podemos acompañar a operadores nacionales y extranjeros, plataformas digitales, empresas de tecnología, agencias de marketing e inversionistas en la revisión del nuevo marco regulatorio aplicable a pronósticos deportivos en Ecuador.
Si bien el Ministerio de Educación y Deporte deberá emitir normativa secundaria para la aplicación del nuevo régimen, contar desde ahora con asesoría legal especializada resulta fundamental para comprender el alcance de las nuevas disposiciones, anticipar posibles obligaciones regulatorias y preparar adecuadamente la estructura operativa y de cumplimiento requerida para participar en este mercado.
Nuestro equipo puede asistir en la evaluación de requisitos para obtener la licencia, estructuración societaria, domiciliación de operadores extranjeros, cumplimiento tributario, prevención de lavado de activos, protección de datos personales, revisión de contratos con terceros, campañas publicitarias e implementación de políticas internas de cumplimiento.
Una revisión oportuna permite identificar obligaciones aplicables, ordenar la documentación requerida y anticipar ajustes regulatorios antes de iniciar o continuar operaciones en el mercado ecuatoriano.




