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Incentivos Fiscales: Empleo Juvenil y Reinserción Laboral

El presidente Daniel Noboa ha emitido el Decreto Ejecutivo No.157, estableciendo el Reglamento General a la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo. Este reglamento, que entra en vigor con su publicación oficial, introduce modificaciones importantes para el sector laboral, incluyendo incentivos fiscales en la contratación de jóvenes y en la reinserción laboral, reflejando un avance en las políticas de empleo del país.


Estos son los 3 aspectos destacados:


1. Contratación Juvenil

Las empresas pueden beneficiarse de una deducción adicional del 50% del salario de trabajadores jóvenes, bajo ciertas condiciones, incluyendo el mantenimiento o aumento del total de empleados en comparación con el año anterior.


2. Reinserción Laboral

Se establecen deducciones fiscales para aquellos empleadores que contraten a personas que hayan cumplido sentencias, promoviendo así la inclusión y oportunidades de empleo.


3. Condiciones Importantes

  • Las remuneraciones a trabajadores juveniles son deducibles si se cumple con no reducir la plantilla laboral.

  • El Estado ofrece cobertura parcial en las contribuciones a la seguridad social, con limitaciones basadas en el porcentaje de empleados juveniles.

  • Los incentivos para la contratación de personas post-pena incluyen deducciones de hasta el 75% en ciertos casos, fomentando la inclusión laboral.


Para una mejor comprensión del Reglamento General de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, estamos a su disposición para ayudarle. Puede contactarnos a info@lmzabogados.com, o rellenar nuestro formulario de contacto.


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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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