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Nacionalización o importación de batas y trajes de bioseguridad de uso médico

Por:

Ab. Gabriel Pinto

Jefe Departamento Tributario

 

Estimados Amigo y Clientes:


La Subsecretaría de Calidad y el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca mediante Resolución Nro. MPCEIP-SC-2020-0137-R, han resuelto que, para la nacionalización o importación de batas y trajes de bioseguridad de uso médico (que se encuentran bajo las subpartidas arancelarias 6210.10.00.00, 6210.20.00.00, 6210.40.00.00 y 6210.50.00.00), se expedirá certificados de producto no controlado, únicamente con la presentación de esta Resolución


En efect,o se dispone al Servicio Ecuatoriano de Normalización -INEN, brindar toda la celeridad en la emisión del certificado de producto no sujeto a control para la importación o nacionalización de los productos citados en el artículo anterior.


Vigencia.- La presente Resolución, entró en vigencia el 23 de marzo de 2020 hasta la terminación de la emergencia sanitaria declarada en el país.



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