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Medidas transitorias para el D.M. de Quito hasta el 31 de julio

por: Ab. Fabian Alban

 

Estimados Amigos y Clientes:


Les recordamos que, por todo el mes de julio, continuará el plan de movilidad “Hoy no Circula” en Quito, en el horario de 07h00 a 19h00. Fuera de este horario todos los vehiculos tendrán libre circulación, es decir, desde las 19h00 hasta las 07h00 del siguiente día. Los fines de semana y feriados tendrán libre movilidad todas las placas las 24 horas.


Así será la circulación para julio:

Los salvoconductos vuelven a funcionar durante el horario del plan “Hoy no Circula”. Además, la emisión de nuevos salvoconductos estará restringida únicamente para:

  • Citas médicas (dos citas por semana y caducidad de un día).

  • Traslados al aeropuerto (caducidad de un día).

  • Turismo: para establecimientos de alojamiento, registrados y validados por Quito Turismo (caducidad: máximo quince días).

  • Turismo: para establecimientos de alimentos y bebidas registrados y validados por Quito Turismo (caducidad: máximo dos días).

  • Traslado de vehículos nuevos sin placa (un día, solo concesionarios autorizados y validados por Aeade y ensambladoras validadas por la Cinae).

  • Actividades económicas de personas naturales con RUC activo (máximo 2 salvoconductos y validez de 180 días).

  • Actividades económicas de personas jurídicas (solo podrán remplazar los salvoconductos anteriormente emitidos y tendrán validez de 180 días).

Por otro lado, los vehículos que estarán exentos de la restricción son los siguientes:

  • Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.

  • Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.

  • Sectores estratégicos.

  • Servicios de emergencia vial.

  • Sector exportador y toda su cadena logística.

  • Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.

  • Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización.

  • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.

  • Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.

  • Trabajadores de los medios de comunicación.

  • Cuerpo diplomático, consular y organismos internacionales.

  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.

  • Actividades relacionadas al sector financiero bancario.

  • Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.

  • Carga que se traslade desde y hacia puertos y aeropuertos.

  • Abogados y funcionarios de la Función Judicial y Corte Constitucional.

  • Sector de la construcción y su cadena conexa.

  • Funcionarios de la Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General del Estado, Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado.

  • Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.

  • En aquellos casos que se requiera movilización hacia y desde aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular, salvoconducto o pase de abordar.

  • Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobado.

  • Sector productivo: agricultura, agro-pecuario, ganadería, pesquero y acuícola, industrial, construcción, comercial, turismo, sector exportador con toda su cadena logística, trabajadores del sector productivo (los documentos habilitantes serán RUC, RISE, guía de remisión o credencial).

  • Transporte público

  • Transporte comercial: taxis, carga liviana, carga pesada, carga mixta, turismo (con registro municipal y permiso de operación), de mercancías, renta (autorizadas por la ANT y acreditando RUC de la actividad comercial para la que se renta el vehículo); y,

  • Transporte por cuenta propia (acreditando relación comercial a través de la presentación del RUC, en la que refleje dicha relación comercial)

En estos casos, los documentos habilitantes serán credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.


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