top of page
Foto del escritorMeythaler & Zambrano Abogados

SERCOP habilita herramienta para la publicación de procesos de emergencia frente a Covid-19

Por: Ab. Daniela Bedoya M.

Jefe Departamento de Contratación Pública

 

Estimados Amigos y Clientes:


El 09 de abril de 2020, el Servicio Nacional de Contratación Pública emitió el oficio Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0016-C, poniendo en conocimiento de las entidades contratantes la herramienta habilitada para la publicación de procesos de emergencia y las necesidades de contratación de cualquier entidad declarada en emergencia, para lo cual ponemos en su conocimiento lo siguiente:


  • GUÍA DE PROCEDIMIENTO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA


El SERCOP, ha publicado una presentación de carácter didáctico mediante la cual expone la generalidad de los procesos de contratación en situaciones de emergencia y las disposiciones que como mínimo deberán tomarse en consideración, incluyéndose las nuevas disposiciones emitidas durante estos dos últimos meses. La presentación se encuentra disponible en el siguiente enlace:


  • Instrucciones de publicación:


  1. Ingrese al sitio web www.compraspublicas.gob.ec

  2. Registre las credenciales solicitadas e inicie sesión.

  3. Al ingresar se mostrará un banner emergente con la sección “Aviso”, en donde se muestra la sección “Publica tus necesidades para emergencia”. Dar clic en la opción: “Registrar necesidades para emergencia”.

  4. Se desplegará la herramienta que permite registrar las necesidades para emergencia, misma que consta de un formulario (datos generales, dirección de entrega y contacto de atención inmediata).

  5. Una vez ingresada la información general se mostrará una funcionalidad para el registro detallado de los bienes, obras y servicios, incluidos los de consultoría, que son necesarios para afrontar la situación de emergencia, permitiendo el registro de uno o varios ítems.

  6. Los ítems deberán tener el presupuesto referencial correspondiente. En caso de no contar con un presupuesto referencial definido previamente, se podrá ingresar el valor de USD 0,01 y se colocará en el campo “Contacto” la frase “Buscando proformas”.

  7. Una vez registrados los ítems se debe aceptar los términos y condiciones, para finalmente presionar el botón “Finalizar Registro”.

OJO: La entidad contratante recibirá las propuestas de los proveedores en el correo que fije para el efecto en el campo “Contacto”.
SERCOP recomienda el uso de esta herramienta para toda contratación dentro de una declaratoria de emergencia, con la finalidad de obtener parámetros objetivos y formar el expediente al que se refiere el último inciso del artículo 361 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP (declaratoria de emergencia
Las disposiciones emitidas por el SERCOP para la presente emergencia, se pone a disposición el siguiente link: https://bit.ly/RecomendacionesEmergencia


  • · RECOMENDACIÓN PARA PROVEEDORES

Es importante que los proveedores monitoreen constantemente las necesidades de contratación publicadas a fin de poder participar en los procesos que sean de su interés. Para mayor información de los avisos de contratación para situaciones de emergencia, puede acceder al siguiente link: https://bit.ly/NecesidadesEmergencia. EL oficio circular íntegro puede encontrarloo en este link: https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/wp-content/uploads/2020/04/SERCOP-SERCOP-2020-0016-C.pdf

  • DETECCIÓN DE IRREGULARIDADES EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN


La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) y el Servicio Nacional de Contratación Pública, emitieron un comunicado oficial el 15 de abril de 2020, a través del cual advierten la labor de control coordinada de ambos organismos, por lo que advierten y señalan lo siguiente:

  1. La Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), en su artículo 11, prohíbe y sanciona todo acuerdo o práctica concertada, actos o conductas realizados por dos o más operadores económicos, que tenga por efecto u objeto impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia o afectar la eficiencia económica.

  2. Una de las conductas anticompetitivas es el acuerdo colusorio vertical, contemplado en el numeral 21 del artículo 11 de la LORCPM, que tipifica los acuerdos entre proveedores y compradores que tiendan a direccionar y concentrar la contratación.

  3. El numeral 21 del artículo 11 de la Ley será aplicable a los oferentes y entidades públicas que, a través de sus servidores públicos, realicen la contratación en situación de emergencia con un proveedor de manera injustificada y afectando a la competencia dentro de un mercado.


  • DENUNCIAS Y CONSULTAS

A través del correo electrónico: alerta@sercop.gob.ec podrán realizarse denuncias de conductas elusivas a la normativa. Las consultas sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, podrán dirigirse al buzón de la SCPM: https://www.scpm.gob.ec/sitio/buzon-de-consulta.

El comunicado oficial completo podrá encontrarse en el siguiente enlace: https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/wp-content/uploads/2020/04/Comunicado_SCPM-SERCOP-13-04-20-1.pdf


1件のコメント


Felix Mendez
Felix Mendez
2020年5月20日

Full House Services somos una Empresa con todas las soluciones para su casa y oficina con garantía, eficiencia y honradez;

Damos servicios en: Metalmecánica, aluminio y vidrio, modulares casa y oficinas, plomería, electricidad básica, pintura arquitectónica, construcción y remodelación.

Contactos: 0995321019 / 0981685838

E-mail: feliche70@yahoo.com

いいね!
aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page