Por: Ab. Sheyla Cuenca
Jefa del Departamento Contencioso Administrativo y Constitucional
Estimados clientes y seguidores,
La Corte Constitucional del Ecuador ha ajustado la interpretación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mediante la Sentencia 106-20-IN/24, para evitar que se criminalicen nuevas formas de transporte no reguladas (como UBER o DIDI), asegurando un trato más justo y proporcionando mayor seguridad jurídica a los conductores.
La sentencia también llama a una actualización de la legislación de transporte en el país para adaptarse a las innovaciones tecnológicas en este sector.
Antecedentes del Caso
La sentencia analiza el artículo 386 del COIP, que sanciona a conductores que transportan pasajeros sin la autorización adecuada. Esta sanción incluye:
Tres días de prisión.
Una multa de un salario básico unificado.
Reducción de diez puntos en la licencia de conducir.
En casos más graves, el vehículo puede ser repintado y prohibido de circular hasta cumplir con la orden.
Preocupaciones de la Corte
La Corte abordó tres temas principales:
1. Ambigüedad del tipo penal
La frase “que realice un servicio diferente para el que fue autorizado” podría dar lugar a una criminalización de nuevas formas de transporte, como UBER o DIDI, que aún no están reguladas. La Corte estableció que esta norma solo es constitucional si se aplica a servicios que ya tienen una regulación, evitando así sancionar actividades nuevas no previstas en la ley.
2. Sanción de retención vehicular
El artículo no especificaba un plazo máximo para la retención de vehículos, lo que podía dar lugar a abusos. La Corte corrigió esto y estableció un límite de siete días.
3. Propocionalidad de las sanciones
La Corte concluyó que las sanciones (prisión, multa, reducción de puntos y retención del vehículo) no eran excesivas y eran adecuadas para la infracción.
Implicaciones de la sentencia
1. Protección a nuevas formas de transporte
La Corte limita la aplicación de esta norma penal a servicios ya regulados, lo que otorga protección legal a servicios como UBER o DIDI hasta que exista una regulación específica.
2. Mayor seguridad jurídica
La Corte impone un plazo máximo de retención de vehículos, lo que garantiza mayor claridad y previene abusos en la aplicación de esta sanción.
3. Actualización de la normativa
Implícitamente, la Corte está sugiriendo que el legislador actualice las leyes de transporte para adaptarlas a nuevas realidades tecnológicas y económicas, como las aplicaciones de transporte.
Si necesita asesoría legal o más información sobre cómo esta sentencia puede afectar a su organización, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ayudarle a navegar por el complejo panorama legal.
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