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Guía para la prevención y control del COVID-19 durante la jornada presencial de trabajo

Por: Ab. Diana Yépez

Jefe Departamento Laboral

 

Estimados Amigos y Clientes:


El Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección de Seguridad, Salud en el Trabajo y Gestión Integral de Riesgos, ha emitido la “Guía para la prevención y control del COVID-19, durante la jornada presencial del trabajo”, la cual se establece los lineamientos básicos durante la jornada presencial de trabajo. Conozca su contenido:


Tomar en cuenta que los empleadores con más de10 trabajadores deberán aplicar lo considerado en el documento materia del presente informe, y para los empleadores con 10 o menos trabajadores se aplicará lo contenido en el numeral 8 de este informe junto con el anexo 1 de la Guía.


I. Trabajadores que no deben asistir al centro o lugar de trabajo:

  1. Trabajadores con diagnóstico confirmado de COVID-19

  2. Trabajadores que presenten sintomatología que podría ser asociada con COVID-19, hasta descartar la confirmación y contactarse al 171 y el responsable de salud en el trabajo

  3. Trabajadores que han estado en contacto estrecho o compartiendo espacio físico sin guardar la distancia de dos metros, con un caso confirmado de COVID-19, incluso en ausencia de síntomas, por al menos 14 días y deberá contactarse al 171 y con el responsable de salud en el trabajo. El empleador dará seguimiento al caso

II. Medidas de protección básicas:

  1. Elaboración de protocolo para ingreso y salida de trabajadores de los centros de trabajo tomando en cuenta las resoluciones del COE Nacional, ordenanzas municipales, protocolos del Ministerio de Salud Pública, limpieza y desinfección de manos, ropa, calzado y detección de casos sospechosos, sin fomentar la estigmatización, ni la discriminación en el lugar de trabajo.

  2. Instruir a los trabajadores sobre el lavado frecuente de manos por al menos 40 segundos, o limpieza de manos con alcohol de al menos al 70%. Aplicar esta medida a clientes, visitantes, proveedores, contratistas, subcontratistas, etc. El empleador suministrará los desinfectantes mencionados.

  3. Fomentar hábitos de higiene como estornudar o toser cubriéndose la nariz y boca con el codo flexionado, o con un pañuelo y desecharlo en un tacho de basura con tapa y pedal.

  4. No saludar de mano, besos o abrazos.

  5. Mantener distanciamiento de al menos 2 metros. El empleador considerará el teletrabajo, turnos de trabajo escalonados, reducción de operaciones, prestación de servicios a distancia, sustitución de reuniones presenciales por teleconferencias, distribución de máquinas y equipos, espacios en comedores, baños u otros.

  6. Se deberán colocar carteles y señalización que fomenten el correcto lavado de manos, higiene respiratoria, distanciamiento físico y otras medidas adoptadas.

  7. Asegurar que en áreas comunes se mantenga el distanciamiento de al menos 2 metros y se realicen constantes procesos de desinfección (ascensores, baños, comedores, recepción, áreas de ingreso, etc.).

  8. Asegurar la desinfección y limpieza de los centros de trabajo, superficies, equipos y otros elementos, con énfasis en aquellos de mayor contacto como manijas de puertas, botones, etc. Se dotará al personal de limpieza con los insumos de protección correspondiente.

  9. Para la limpieza de superficies se recomienda el uso de: Cloro de uso doméstico, Amonio cuaternario, Alcohol al 70% y Etanol entre el 62% al 71%.

  10. Evitar compartir implementos de trabajo como teléfonos, escritorios, oficias, etc.

  11. En caso de manejar transporte institucional o empresarial, se deberán aplicar protocolos de limpieza de acuerdo con el protocolo de desinfección de transporte público, emitido por la Agencia Nacional de Tránsito.

  12. Mantenerse informado de las medidas de prevención y su actualización.

III. Evaluación de riesgo de exposición al COVID-19: El personal encargado de prevención de riesgos laborales y salud en el trabajo realizarán una evaluación del riesgo a la exposición del COVID-19 por cada puesto de trabajo y determinarán el nivel de riesgo dependiendo de la naturaleza y giro del negocio. En lo que corresponde a la clasificación es importante señalar lo siguiente:


A. Riesgo muy alto a la exposición:

  1. Trabajadores del cuidado de la salud, realizando procedimientos generadores de aerosol, en pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.

  2. Personal del cuidado de la salud o de laboratorio los cuales manejan especímenes de pacientes que se sospecha o se conoce que portan COVID-19.

  3. Personal de morgues que realizan autopsias, en cuerpos de personas que se conoce o sospecha que portaban COVID-19 al momento de su muerte.

B. Riesgo alto de exposición:

  1. Personal de apoyo y cuidado de la salud que deba entrar a cuartos de pacientes que se conoce o sospecha que portan COVID-19.

  2. Trabajadores de transportes médicos, los cuales trasladan pacientes que se conoce o sospecha que portan COVID-19.

  3. Personal mortuorio encargado de preparar cuerpos de personas que se conoce o sospecha que portaban COVID-19 al momento de su muerte.

C. Riesgo medio de exposición: Incluyen trabajadores que requieren contacto directo (menos de 1.8 metros de distancia) con personas que podrían portar el virus, como, por ejemplo, viajeros de países donde exista transmisión generalizada, trabajos en escuelas, ambientes de trabajo de alta densidad poblacional, etc.

D. Riesgo bajo de exposición (de precaución): Aquellos trabajadores que no requieren contacto con personas que se conoce o sospecha que estén infectados, ni tienen contacto cercano frecuente con el público en general. Una vez que se determine el nivel de riesgo se implementarán medidas de prevención y control que estimaren convenientes tomando en consideración lo siguiente:

  • Control de ingeniería (cubiertas protectoras plásticas transparentes, etc.)

  • Control administrativo (información a trabajadores, limitar acceso a clientes, teletrabajo, etc.)

  • Equipo de protección personal

E. Prevención de riesgo psicosocial: Los responsables de prevención de riesgos laborales y salud en el trabajo, elaborarán un plan para enfrentar el estrés, ansiedad, síntomas depresivos, insomnio, negación, ira y miedo frente al COVID-19, se deberán tomar en consideración tanto personal en jornada presencial como trabajadores en modalidad de teletrabajo.

F. Protección a grupos prioritarios y en condiciones de vulnerabilidad: El teletrabajo será prioritario para personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, trastornos inmunitarios y sustitutos.


En caso de que el trabajador vulnerable no desempeñe funciones que podrían realizarse mediante teletrabajo, podrá acudir a la jornada presencial, siempre después de que se haya evaluado por el responsable de salud en el trabajo, quien emitirá el dictamen respecto a su jornada.


Así también en caso de trabajadores vulnerables cuya condición no represente probabilidad de contagio de COVID-19, posterior a la evaluación del responsable de salud en el trabajo, podrán contar con autorización para acudir presencialmente.

G. Manejo de trabajadores con casos sospechoso, probable y confirmado de COVID-19:

Caso sospechoso:

  1. Trabajadores con cualquiera de los síntomas mencionados anteriormente, historial de viaje durante los 14 días antes del inicio de síntomas.

  2. Trabajadores con síntomas mencionados anteriormente y que haya mantenido contacto con un caso de COVID 19 confirmado o probable en los últimos 14 días.

  3. Trabajador con enfermedad respiratoria grave en ausencia de diagnóstico confirmado.

Caso probable:

  1. Caso en el que las pruebas no sean concluyentes o fallece.

  2. Casos en los que las pruebas PCR no pudieron realizarse por algún motivo.

Caso confirmado:

  1. Casos en los que se realiza la prueba PCR para COVID-19 y da positivo para infección, independientemente de los síntomas.

H. ¿Qué hacer si un trabajador se enferma y cree que ha sido expuesto al COVID-19?

  1. Seguir protocolos de caso sospechoso emitidos por el Ministerio de Salud Pública.

  2. Evaluación por parte del responsable de vigilancia de salud de la empresa o llamar al 171, mientras se espera la atención el trabajador deberá ser trasladado a algún área que esté al menos a 2 metros de distancia de otras personas, ventilar el área y desinfectar.

  3. En caso de caso confirmado de COVID-19, el empleador comunicará al personal, manteniendo la confidencialidad.

  4. El empleador garantizará la limpieza y desinfección de espacios laborales donde se sospeche o confirme casos de COVID-19.

  5. En caso de que el trabajador tenga un familiar con COVID-19 en su casa, deberá notificar al empleador y seguir las medidas y protocolos.

IV. Para el caso de los empleadores con 1 a 10 trabajadores:

  • Elaborar y socializar a los trabajadores y/o servidores un documento informativo sobre: Generalidades, signos, síntomas y modo de transmisión de la enfermedad COVID-19

  • Adoptar las medidas señaladas en los numerales 5.2 y 5.3 de la guía.

  • Realizar la evaluación de riesgo de exposición al SARS-Co V-2, virus que causa la enfermedad COVID-19 por puesto de trabajo (Muy alto, alto, medio, bajo). Esta evaluación podrá tomar como referencia lo señalado en el numeral 5.4 del presente documento e implementar medidas de prevención y protección adecuadas.

  • Elaborar y socializar a los trabajadores y/o servidores un documento informativo para la prevención de riesgos psicosociales frente a COVID-19, el cual incluirá las siguientes recomendaciones19:

  1. Separar momentos en la jornada de trabajo para estar solo, tomar conciencia de las emociones y traer la mente al momento presente.

  2. Reconoce y acepta tus emociones, eres persona, recuerda que las emociones que sientes hoy, son por una situación que no depende de ti, sólo aprende a regularlas.

  3. Realiza ejercicios de respiración controlada.

  4. Cuando llegues a casa, cumple con normas de bioseguridad antes de entrar para cuidar la salud de tu familia y tus seres queridos.

  5. Cuando llegues a tu casa desconéctate del trabajo y asegúrate de separar un tiempo para realizar actividades que te resulten placenteras (leer un libro, cantar, bailar, jugar, compartir con tu familia, etc.)

  6. Si realizas teletrabajo, separa el tiempo de trabajo del tiempo para ti y tu familia, manteniendo la disciplina en casa de lavarse las manos.

  7. El estado de ánimo positivo ayudará a que tu sistema inmune se proteja, mientras está demostrado que los pensamientos negativos deprimen tu sistema inmune y lo vuelve débil frente a cualquier virus.

  8. Mantén en lo posible una adecuada higiene de sueño y alimentación.

  9. Evita conductas dañinas consumir tabaco y/o alcohol.

  10. Realiza ejercicio y toma mucha agua.

  11. Utiliza fuentes oficiales para ponerte al día sobre la emergencia, una vez al día es suficiente.

  • Identificar los trabajadores y/o servidores que pertenecen a grupos de atención prioritaria y en condiciones de vulnerabilidad conforme lo señalado en el punto 5.6 de la guía, y fomentar el teletrabajo.

  • Identificar los casos sospechosos, probables y confirmados de COVID-19 y adoptar las recomendaciones indicadas en el numeral 5.7 de la Guía. En caso de detectarse un caso sospechoso en un trabajador, el empleador deberá llamar al 171 o 911 de conformidad con los lineamientos establecidos por el COE-Nacional o Ministerio de Salud Pública.

  • Los documentos informativos deberán socializarse a los trabajadores a través de medios electrónicos, folletos, carteleras u otros en los centros y lugares de trabajo.


Recomendaciones:
Actualizar las medidas de prevención y control de COVID-19 conforme a las disposiciones emitidas por organismos nacionales e internacionales oficiales y deberá socializarlas con sus trabajadores.
Implementar formatos y registros que evidencien el cumplimiento de la guía de prevención antes mencionada.
En caso de los grupos vulnerables, el empleador y responsable de la salud y seguridad en el trabajo deben analizar y aplicar las medidas de protección necesarias para los trabajadores que no puedan ejecutar su labor mediante teletrabajo, para así evitar la propagación y contagio de COVID-19 durante el retorno al trabajo presencial.
Es importante recordar que, el empleador deberá garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad para evitar que los trabajadores puedan contagiarse, teniendo presente que. para determinar que no tiene responsabilidad, deberá documentar todas las acciones que realiza para evitar este riesgo. El IESS investigará y valorará si el empleador tiene o no responsabilidad patronal.
En el siguiente enlace podrá descargar de manera completa la “Guía de actuación para la prevención y control de covid-19, durante la jornada presencial de trabajo”, para su conocimiento: 22_05_2020_GUÍA-DE-PRL_COVID19-1.pdf
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