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Foto del escritorCristina Guarderas B.

Claves del Empleo Juvenil conforme a la nueva Ley Orgánica de Juventudes

Por: Ab. Cristina Guarderas B

 

Estimados amigos y clienes:


Nos complace compartir información relevante sobre el Reglamento General a la Ley Orgánica de las Juventudes, que ha aterrizado con fuerza en el escenario legal. ¿Qué significa esto? ¡Vamos al grano con las cuatro claves más destacadas en el ámbito laboral!


Definición de persona joven

¿Quiénes son los jóvenes? ¡Bachilleres y egresados de programas educativos entre 18 y 29 años! Pero atención, ¡sin experiencia laboral previa! Esto marca la pauta para los programas y beneficios dirigidos a este grupo.


Obligación de contratación por parte de empleadores:

¡Más oportunidades para los jóvenes! Los empleadores, tanto del sector público como del privado, ahora tienen la tarea de contratar al menos al 10% de jóvenes si tienen una nómina de 50 empleados o más. ¡Ojo! Este porcentaje se puede cumplir poco a poco.


Nota importante:

En el caso de las empresas de seguridad y vigilancia privada, solo se considera el personal administrativo para este cálculo.


Informe anual obligatorio - Atención Empleadores:

¡La cuenta regresiva ha comenzado! Al final de cada año fiscal, los empleadores deben preparar un informe detallado sobre su cumplimiento con el porcentaje de contratación juvenil. ¡Todo sobre la mesa!


Certificación de práctica laboral: 

¡Experiencia que cuenta! ¿Estás realizando prácticas laborales? ¡Eso cuenta como experiencia! Cada empleador debe certificar el tiempo que dedicas, ¡y suma puntos en tu carrera profesional!


¿Necesitas más información?

En Meythaler & Zambrano Abogados, estamos aquí para despejar tus dudas y ayudarte a navegar estas nuevas aguas legales. ¡Contáctanos para todo lo que necesites! ¡Juntos protegemos tus derechos laborales y empresariales!



pasante y jefe trabajando
Claves del Empleo Juvenil conforme a la Ley Orgánica de Juventudes


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