Cambio en MayorÃa para Ratificación de Leyes | Enmienda Constitucional
- Sheyla Cuenca
- 10 jun 2024
- 2 Min. de lectura
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El 30 de mayo de 2024, se promulgó una importante enmienda al artÃculo 138 de la Constitución de la República del Ecuador, reduciendo la mayorÃa necesaria para ratificar un proyecto de ley de 92 a 70 votos.
Cambios en la MayorÃa Requerida para Ratificación de Leyes
La modificación del inciso tercero ahora establece que la Asamblea Nacional puede ratificar un proyecto de ley inicialmente aprobado con la mayorÃa absoluta de los asistentes, simplificando el proceso legislativo.
Impacto en el Sistema de Pesos y Contrapesos

Este cambio altera el balance de poderes en el régimen presidencialista ecuatoriano, otorgando mayor influencia al Legislativo frente al veto presidencial.
Consecuencias para el Proceso Legislativo
Se espera que esta enmienda agilice la aprobación de leyes, aunque se requerirá un análisis continuo para evaluar su impacto en la gobernabilidad y la representación ciudadana.
Contexto de la Enmienda

El artÃculo 138 de la Constitución, antes de la reforma, requerÃa una mayorÃa de 2/3 de la Asamblea Nacional para ratificar un proyecto de ley sin aceptar la objeción parcial del presidente. Con la reforma, ahora solo se necesita la mayorÃa absoluta, es decir, la mitad más uno de los parlamentarios.
La Constitución ecuatoriana establece un gobierno republicano de tipo presidencialista, donde el Presidente tiene prerrogativas como el "veto presidencial", actuando como colegislador y parte del sistema de pesos y contrapesos. El artÃculo 138, antes de la enmienda, seguÃa este diseño. Sin embargo, la modificación constitucional altera este sistema de pesos y contrapesos del presidencialismo.
Es necesario analizar los próximos procesos de aprobación de leyes para verificar si la enmienda beneficia a los ciudadanos. Por ahora, se puede afirmar que la enmienda otorga más poder al Legislativo, equilibrando la balanza.
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