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Aspectos laborales del Reglamento a la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario

Ab. Diana Yépez Piedra

Jefe del Departamento Laboral

 

Estimados Amigos y Clientes:


Se ha expedido el Reglamento a la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19, por lo que a continuación, detallamos los aspectos más relevantes en materia laboral:


i) Despido y Liquidación

  • El despido que se realiza a un trabajador durante el primer año de vigencia de la Ley Humanitaria, esto es hasta el 21 de junio de 2021, se lo calculará sobre la última remuneración recibida antes del acuerdo, las indemnizaciones por despido luego de esta fecha serán calculadas en base al artículo 188 del Código del Trabajo.

ii) Contrato Emergente

  • Los contratos podrán suscribirse a jornada parcial o completa y deberán contar con la indicación expresa del plazo de vigencia y la necesidad o razón de su suscripción. Todo contrato emergente debe ser registrado en el Sistema SUT.

  • Si la relación laboral continua después de la terminación del plazo del contrato, éste se convertirá en indefinido y deberá ser registrado como tal en el sistema SUT.

  • Cuando termine la relación laboral por decisión unilateral de cualquiera de las partes o por el vencimiento del plazo, el trabajador tendrá derecho a la liquidación por desahucio y a los beneficios de ley.

iii) Reducción de la jornada

  • El registro de la reducción se lo realizará en la plataforma SUT con la indicación del periodo, la jornada reducida y la nómina a quienes se aplicará.

  • Durante sula vigencia de la reducción, el empleador podrá variar el porcentaje de reducción siempre que no supere el 50% de reducción.

  • El aporte al IESS durante la vigencia de la reducción se lo realizará por la remuneración realmente percibida por el trabajador y los beneficios de ley, tales como décimos, vacaciones, fondos de reserva o utilidades, serán pagados en proporcionalidad a la remuneración percibida y al tiempo de trabajo.

  • A la culminación de la reducción de jornada, el trabajador retornará a su jornada y a la remuneración anterior al registro de la reducción.

iv) Nombramientos definitivos a personal del sector público de salud

  • Previo a otorgar los nombramientos definitivos al personal de salud que prestaron sus servicios durante la pandemia del covid-19, se analizará su pertinencia de acuerdo con las necesidades que determine el departamento de talento humano en cada institución y previo a obtener la correspondiente certificación presupuestaria que garantice la sostenibilidad financiera del otorgamiento de nombramientos a profesionales y trabajadores de la salud.

  • Las definiciones de puesto estarán a cargo del Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud Pública.

v) Acuerdos

  • Se respetarán todos los acuerdos suscritos en aplicación de la Ley Humanitaria siempre y cuando estos no impliquen renuncia o limitación de derechos, tales como disminución del salario básico, de acuerdo a las jornadas laboradas, descanso obligatorio, condiciones mínimas de salud y seguridad ocupacional y/o aportes a la seguridad social que por ley deban realizarse.

  • Los acuerdos suscritos entre empleador y trabajadores en aplicación de esta Ley tendrán primacía sobre cualquier acuerdo o contrato que vincule a las partes.

  • En caso de que no se haya logrado un acuerdo entre empleador y trabajadores, y que estos hayan sido imprescindibles para la subsistencia de la empresa, la compañía podrá iniciar de inmediato el proceso de liquidación como evento de fuerza mayor.

vi) Disposiciones Transitorias

  • Dentro del plazo de quince días desde la publicación del reglamento, se deberá registrar en el Sistema SUT los contratos o adendas a los contratos de teletrabajo.

  • El Ministerio de Trabajo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en el plazo de quince días desde la suscripción de este reglamento, deberán adaptar sus sistemas informativos a fin de facilitar el registro de las herramientas que contempla la Ley y Reglamento de la Humanitaria.

Para su conocimiento, en el siguiente enlace ustedes podrán descargar de manera completa el Reglamento a la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19: Reglamento Ley Humanitaria.pdf


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