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Reformas importantes a la Ley de Movilidad Humana

Por: Dr. José Meythaler

Socio Principal

 

Estimados Amigos y Clientes:


La Asamblea Nacional aprobó una serie de reformas importantes a la Ley de Movilidad Humana, siendo los 7 puntos más importantes los que se señalan a continuación:

1. Se regla de mejor manera las categorías de visas que pueden tener los extranjeros en el Ecuador, así como los casos en los cuales cabe la adopción de la nacionalidad ecuatoriana por parte de extranjeros. Los inversionistas pueden aspirar a una residencia temporal por hasta 2 años, renovables.
2. Se aumentan las facultades de ayuda y asistencias que los servicios consulares del Ecuador deberán prestar a los ciudadanos ecuatorianos y personas domiciliadas en el País, incluyendo asistencia legal y entrega de pasaportes provisionales en caso de pérdida de los originales.
3. Se limita severamente la posibilidad de obtener residencia temporal en el Ecuador en los casos en los cuales la autoridad considere que el extranjero es una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado (i), así como para quienes hayan recibido penas privativas de la libertad mayor a cinco años (ii). Estas personas pueden ser deportadas del País a la sola decisión de la autoridad en el primer caso, o al cumplimiento de la pena en el segundo caso.
4. La visa a un extranjero puede ser revocada en cualquier momento por las razones señaladas en el literal anterior, así como por reincidir en la práctica de actos de naturaleza distinta a la categoría migratoria otorgada.
5. Se faculta a las autoridades de migración de prohibir el ingreso de extranjeros a los que se considere una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado. Es una decisión inapelable y se ejecuta de inmediato.
6. La deportación de un extranjero puede también generarse de manera inmediata por alterar y poner en riesgo la tranquilidad y la paz ciudadana, o alterar el orden público.
7. La calidad de refugiado es materia de señalamiento de varios derechos y se regla en debida forma la posibilidad de adquirirla.


Cualquier consulta sobre la materia Ud la puede dirigir a la Dra. Edith Muriel, Jefe del Area Migratoria del Estudio Jurídico.

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Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal. La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí. No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente. Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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