Meythaler & Zambrano

7 de abr de 20221 min.

Recordatorio: Los empleadores tienen hasta el 15 abril para pagar utilidades

Por: Ab. Cristina Guarderas

Departamento Laboral


De acuedo con el artículo 97 del Código del Trabajo, los trabajadores bajo relación de dependencia tienen el derecho de recibir todos los años utilidades. Las utilidades deben ser calculadas hasta el 31 de marzo y pagadas hasta el 15 de abril del 2022.

En efecto, es obligación de los empleados pagar y registrar el pago a través de la página web del Ministerio del Trabajo, de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes del empleador y el cronograma que defina y publique el Ministerio de Trabajo para el efecto.

El valor que deben recibir corresponde al 15% de las utilidades liquidas, del total el 10% corresponde a los empleados de las empresas y el 5% le corresponde a las cargas familiares.

El cálculo de la participación laboral en utilidades se realiza de la siguiente forma:

  • El 10% se dividirá entre todas los trabajadores y ex trabajadores que prestaron sus servicios durante el ejercicio económico en el que se generaron las utilidades, teniendo en consideración el tiempo trabajado, sin realizar diferenciación alguna con la remuneración, el tipo de ocupación o actividad de la persona.

  • El 5% restante será entregado a los trabajadores y ex trabajadores en proporción a sus cargas familiares, que prestaron sus servicios durante el ejercicio económico en el que se generaron las utilidades, teniendo en consideración el tiempo trabajado, sin realizar diferenciación alguna con la remuneración, el tipo de ocupación, o actividad de la persona.