Meythaler & Zambrano

30 de ene de 20232 min.

Directrices para que los Empleadores Actualicen los Datos en el Sistema Único del Trabajo (SUT)

Ab. Cristina Guarderas B.

Departamento Laboral


El Ministerio de Trabajo emitió las nuevas directrices para el registro o actualización de datos en el Sistema Único del Trabajo (SUT). Por tanto, los empleadores del sector público y privado que se encuentren sujetos al Código de Trabajo, deben actualizar de forma constante la información en este sistema siguiendo los dos pasos que luego describimos.

Recuerda que los empleadores deberán actualizar la información constante en el SUT en las siguientes circunstancias:

  • Cuando existan cambios de cualquier dato contenido en el SUT

  • Cambio de información del representante legal (la actualización deberá realizarse en un máximo de diez días de efectuado el cambio).

  • El empleador deberá verificar y de ser necesario actualizar la información desplegada por el SUT a través de ventanas emergentes en cualquier momento.

  • Sin perjuicio de dichos registros o actualizaciones, el empleador deberá actualizar la información una vez al año conforme el siguiente cronograma:

Para realizar los cambios, deben seguirse estos 2 pasos:

1. Aceptar el “Acuerdo de responsabilidad por el uso de medios y servicios electrónicos”

Para poder iniciar el registro y/o actualizar datos, el empleador debe aceptar el “Acuerdo de responsabilidad por el uso de medios y servicios electrónicos”, una vez aceptado podrá ingresar la siguiente información:

  1. Nombres y apellidos del usuario (si es persona natural) o denominación o razón social de la empresa (si es persona jurídica).

  2. Datos del nombramiento del representante legal y datos de identificación, de ser el caso.

  3. Cédula de ciudadanía o RUC (para nuevos ingresos).

  4. Dirección de correo electrónico.

  5. Dirección o domicilio principal.

  6. Teléfono fijo y/o móvil.

  7. Cualquier otra información que el ordenamiento jurídico determine.

Paso 2: Emisión de certificado electrónico

Una vez realizado el registro o actualización de la información en el -SUT-, se emitirá automáticamente un certificado electrónico y se enviará al correo electrónico que proporcionó el empleador.

Hacemos notar que el Ministerio de Trabajo utilizará la información que conste en este certificado electrónico para cualquier notificación dentro de los procesos administrativos que estén a su cargo.

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Fuente: Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-241 ya vigente.