Meythaler & Zambrano

23 de dic de 20221 min.

Confidencialidad de la Información del Trabajador: Obligaciones de Empleadores y Servidores Públicos

Ab. Cristina Guarderas Bilbao

Jefe Departamento Laboral


El 8 de diciembre de 2022, el Minisiterio de Trabajo, mediante acuerdo ministerial expidió la Normativa Referida a la Confidencialidad de la Información de los Trabajadores con el objeto de mantener la confidencialidad de datos personales y datos sensibles de los trabajadores que sea parte de cualquiera de los procesos administrativos dentro del Ministerio de Trabajo. El Ministerio de Trabajo tendrá la obligación de controlar el cumplimiento de este acuerdo ministerial.

¿Quiénes deben cumplir esta normativa? Las disposiciones de esta norma son de cumplimento obligatorio para todos los servidores públicos y funcionarios del Ministerio de Trabajo, así como para todos los empleadores que mantengan bajo relación de dependencia a trabajadores bajo el régimen expuesto en el Código de Trabajo.

¿Qué implica lo antedicho? Dos cosas:

  • Los inspectores de trabajo que tengan a su cargo trámites de denuncias, vistos buenos o conozcan de estas, deberán mantener confidencialidad irrestricta de todos los datos personales y datos sensibles de los trabajadores. En caso de incumplimiento, se considerará falta grave y se sancionará mediante un sumario administrativo.

  • El empleador o potencial empleador que discriminare a un trabajador o postulante en los procesos de ascenso o de contratación por conocer de la tramitación de denuncias o vistos buenos interpuestos por estos o en contra de estos, se le sancionará con una falta grave de conformidad con la normativa vigente.

En caso de requerir ampliación de la información en el presente boletín, por favor, no dude en contactarse con nosotros. Estaremos gustosos de atenderler.


Fuente: Registro Oficial el Acuerdo Ministerial 206, en el cual se expide “La Normativa Referida a la Confidencialidad de la Información de los Trabajadores.