Ab. Gabriel Pinto Navarrete
Jefe Departamento Tributario
Estimados Amigos Clientes:
Nos permitimos poner a su conocimiento que el Servicio de Rentas Internas, ha dispuesto mediante Circular No. CIRCULAR No. NAC-DGECCGC21-00000001, emitida por la Directora General del Servicio de Rentas Internas el 29 de enero de 2021, las siguientes consideraciones relevantes:
1. Se recuerda a todos los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta:
El Servicio de Rentas Internas se encuentra facultada para establecer de manera anual los coeficientes de estimación presuntiva de carácter general.
Los coeficientes de estimación presuntiva sirven para establecer el Impuesto a la Renta dentro de procesos de determinación tributaria que el Servicio de Rentas Internas efectúa de forma presuntiva, por lo que dichos coeficientes no son aplicados directamente por los contribuyentes, ni constituyen insumos para sus declaraciones de Impuesto a la Renta del periodo fiscal correspondiente.
2. Los contribuyentes deben presentar sus declaraciones de Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2020 hasta los meses de marzo y abril de 2021, según corresponda.
Considerando los efectos económicos derivados de la pandemia provocada por el COVID-19, esta Administración Tributaria emitirá la resolución que establece los coeficientes de estimación presuntiva, por ramas de actividad económica, del ejercicio fiscal 2020, en el mes de enero de 2022, con el fin de considerar los resultados reportados a través de las declaraciones de los sujetos pasivos de Impuesto a la Renta respecto del ejercicio fiscal 2020
Vigencia.- La presente Resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial (17/02/2021)
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