Ab. Gabriel Pinto Navarrete
Jefe Departamento Tributario
Meythaler & Zambrano Abogados
Estimados Amigos y Clientes:
Nos permitimos poner a su conocimiento que la Directora General del Servicio de Rentas Internas, ha dispuesto establecer el régimen transitorio aplicable para el ejercicio fiscal 2021, para la presentación de la información y documentación establecida en los artículos 131 y 263 de la Ley de Compañías, de la que se señala:
Las sociedades obligadas a presentar en el mes de enero de 2021 la información y documentación señalada en los artículos 131[1] y 263 de la Ley de Compañías, cumplirán dicho deber remitiendo hasta el 31 de enero de 2021 la referida información utilizando para el efecto el portal web de la Superintendencia de Compañías.
Art. 131.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el literal b) del Art. 20, es obligación del representante legal de la compañía de responsabilidad limitada presentar en el mes de enero de cada año a la Superintendencia de Compañías la nómina de las compañías extranjeras que figuraren como socias suyas, con indicación de los nombres, nacionalidades y domicilios correspondientes, junto con xerocopias notariadas de las certificaciones y de las listas mencionadas en el literal h) del Art. 115, que hubieren recibido de tales socias según dicho literal. Si la compañía no hubiere recibido ambos documentos por la o las socias extranjeras obligadas a entregarlos, la obligación impuesta en el inciso anterior será cumplida dentro de los cinco primeros días del siguiente mes de febrero, con indicación de la socia o socias remisas.
Vigencia.- La presente Resolución NAC-DGERCGC21-00000005 entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. (25 de enero de 2021)
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