Por: Ab. Edith Muriel Huertas
Jefe Departamento Migratorio e Inmobiliario
Estimados Amigos y Clientes,
A fin de restablecer parcialmente el servicio notarial en el ámbito nacional, el Consejo de la Judicatura, mediante Resoluciones Nos. 035-2020 y 040-2020, de 9 y 22 de abril del 2020, respectivamente, resolvió autorizar a las notarías de Ecuador la celebración de ciertos actos, como el otorgamiento de los siguientes instrumentos públicos:
Testamentos
Poderes especiales y generales
Poderes en licitaciones de contratos públicos y otros
Actos relacionados con contratación pública
Posesiones efectivas
Insinuaciones y donaciones de instituciones públicas, privadas y personas naturales, cuya finalidad sea contribuir a superar la emergencia sanitaria
Fideicomisos
Reconocimiento de firmas
Declaraciones juramentadas
Autorizaciones de salida del país de menores por asuntos humanitarios
Protocolizaciones
Procuraciones judiciales
Constituciones de garantías, prendas e hipotecas
Suscripción contratos de mutuo
Contratos relacionados con el sistema financiero
Demás actos y contratos jurídicos relacionados con la emergencia sanitaria
Escrituras de Promesas de compra venta de bienes inmuebles
Escrituras de Compra venta de bienes inmuebles
Desde el 13 de abril del 2020, se restableció parcialmente la atención a la ciudadanía, con el despacho de los actos antes mencionados, con excepción de las promesas de compra venta y compra venta de bienes inmuebles que se incrementó a partir del 23 de abril del 2020, de acuerdo con la resolución No. 040-2020 del 22 de abril del 2020.
Cabe manifestar que, por el momento, las notarías están atendiendo al público, de acuerdo con el cronograma y sectorización que establece el Consejo de la Judicatura y lo hacen a través de turnos, desde las 8 am hasta las 12 pm. Este restablecimiento no aplica para la Provincia del Guayas, hasta nueva disposición.
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