Por: Ab. Isabella Zuquilanda Betancourt
Estimados Amigos y Clientes:
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros expidió el “Reglamento para la recepción, sustanciación y trámite de denuncias”, con el objetivo principal de ajustar los trámites de denuncias al Código Orgánico General de Procesos (COGEP), vigente desde el 2015.
Archivo de la Denuncia. -
Si los hechos de la materia de la denuncia se refieren a la propiedad de acciones o participaciones, o se encontraren previamente en conocimiento de jueces árbitros u otras autoridades externas a la SCVS, se archivará la causa.
Si la denuncia se hubiere conocido previamente y se hubiere sustanciado con identidad de sujetos, objeto y causa ante el procedimiento administrativo de la SCVS, se archivará la causa.
Armonía con el COGEP. -
En lo no previsto en el reglamento y como normas supletorias, se aplicará según el artículo 15, las disposiciones del COGEP, la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y reglamentos de la SVCS.
Para el desistimiento de la denuncia, se deberá atender a lo dispuesto por el COGEP, CAPÍTULO III.
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