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5 Reformas al Reglamento de Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte del IESS

Foto del escritor: Meythaler & Zambrano AbogadosMeythaler & Zambrano Abogados

Por Ab. Cristina Guarderas B.

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Estimados Amigos y Clientes:


Ponemos en su conocimiento los aspectos más relevantes de la reforma al Reglamento Interno de Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte:


Estan son las 5 Reformas principales:

  1. Se modifica la fórmula para la obtención de la base de cálculo de la pensión del régimen de transición, la cual es el promedio de los 5 años de mejores sueldos sobre los cuales se aportó.

  2. A partir del 29 de octubre de 2021, para obtener el cómputo de la base de cálculo de la pensión anteriormente mencionada, se procederá a la suma de 12 meses de aportaciones consecutivas y ese resultado se dividirá para 12.

    1. Con este promedio mensual de los sueldos de cada año de imposiciones del afiliado, se seleccionará los 5 promedios mensuales de mayor cuantía y el resultado de esta suma se dividirá para 5.

  3. Las Direcciones Provinciales iniciarán de oficio los procesos de reliquidación a las prestaciones concedidas a partir del 04 de mayo de 2021.

  4. La Dirección Nacional de Tecnologías de la Información del IESS realizará los ajustes necesarios a los aplicativos para la modificación en la base de cálculo conforme esta Resolución, en el término máximo de 30 días contados a partir de la entrega de los requerimientos funcionales por parte de la Dirección del Sistema de Pensiones.

  5. La Dirección General dispondrá a la Dirección Nacional de Afiliación y Cobertura y a la Dirección Actuarial, de Investigación y Estadística que, en 8 días presente una propuesta que le permita tomar medidas respecto a los aportes irregulares de afiliados.


Para su mejor lectura, podrá encontrar la Resolución expuesta haciendo clic en el siguiente botón:



 

Fuente: Resolución C.D. 641 del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) suscrita el 29 de octubre de 2021, y publicada en el Registro Oficial No.577 el 15 de noviembre de 2021, mediante la cual se

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