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Reforma Instructivo de cumplimiento de obligaciones de empleadores públicos y privados

Por: Ab. Fabián Albán, Jefe del Departamento Laboral

 

Estimados Amigos y Clientes:


El Ministerio del Trabajo, con Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2019-354, de 14 de noviembre de 2019, reformó el Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores públicos y privados, con respecto a la obligación de actualización y renovación de información declarada en la plataforma informática, según lo siguiente:


El artículo anterior no se establecía un plazo para realizar tal renovación:

Art. 14.- De la actualización y renovación. - El empleador deberá actualizar y renovar la información declarada en la plataforma informática del Ministerio del Trabajo, con la periodicidad y plazos determinados por esta Cartera de Estado, en concordancia con la normativa legal vigente, las actualizaciones que la plataforma informática tuviese y otras que fueran determinadas y requeridas por esta Institución, serán notificadas oportunamente al usuario externo”.1

En la reforma realizada, se establece que los empleadores deben informar al Ministerio de Trabajo a través del Sistema Único de Trabajo –SUT-, dentro de los 12 meses siguientes a la fecha del último registro:


Art. 14.-De la actualización y renovación. - El empleador deberá actualizar y renovar la información reportada en materia de seguridad y salud en el trabajo, dentro de los 12 meses subsiguientes a la fecha del último registro en el Sistema Único de Trabajo - SUT, sin perjuicio de lo establecido en normativa superior.Las actualizaciones que la plataforma informática tuviese y otras que fueran determinadas y requeridas por esta Institución, serán notificadas oportunamente al usuario externo.

En vista de esta reforma realizada, es recomendable verificar la fecha en que se realizó el último ingreso de información referente a seguridad y salud en el trabajo, para establecer el cumplimiento del plazo previsto y actualizarla, con el fin de dar cumplimiento al artículo 14 del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2019-354.


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