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Foto del escritorMeythaler & Zambrano Abogados

Recordatorio de Registro de Pago de la Décimocuarta Remuneración

 

Les recordamos que el Ministerio del Trabajo publicó el cronograma para el registro del pago de la decimocuarta remuneración de los trabajadores de las regiones Costa e Insultar, conforme el noveno dígito del RUC:


El Art. 6 del Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-19 así lo establece:

Art. 6.- Del registro del pago.- Los empleadores deberán realizar el registro del pago de la decimotercera y decimocuarta remuneración, a través del Sistema de Salarios en Línea del Ministerio de Trabajo, en la página www.trabajo.gob.ec, de acuerdo con el noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía, conforme las fechas previstas en el cronograma que defina y publique el Ministerio del Trabajo en dicha página.
Los empleadores del Servicio Doméstico, deberán realizar el registro del pago en el módulo respectivo del Sistema mencionado, el mismo que será impreso y constará con las firmas del patrono y del trabajador como evidencia del pago efectuado.
Los empleadores serán responsables por la veracidad de su declaración y registro del pago, así mismo la declaración falsa será sancionada conforme lo establece la normativa legal vigente.
 

¿Cómo realizar el pago de la decimocuarta remuneración?


De acuerdo con la información del Portal de Trámites Ciudadanos, estos son los pasos a segiuir:


  1. Deberá Llenar el formulario en línea de registro de decimacuarta remuneración o, de ser el caso, el formulario en línea de registro de trabajadores del servicio doméstico).

  2. Ingresar con su usuario y contraseña en el sistema Salarios en Línea.

  3. Activar la región, periodo y formulario.

  4. Ingresar archivo en formato CSV como anexo en el formulario.

  5. Ingresar datos del trabajador.

  6. Imprimir el formulario y hacer suscribir al representante legal, trabajadores y ex trabajadores y contar con los respaldos de la forma de pago (en el caso de que se realice una inspección de trabajo)

  7. Hacer clic en opción enviar al MDT en el cual queda constancia de su registro.

 

En caso de cualquier duda, por favor, contactar con nuestras abogadas:




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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

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Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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